Publicado 28/02/2023 13:53

Política Agraria Común.- El Gobierno concluye la aprobación del paquete normativo para el desarrollo de la nueva PAC en España

Archivo - Fachada del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a 1 de septiembre de 2022, en Madrid (España). El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de España es el Departamento de la Administración General del Estado competen
Archivo - Fachada del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a 1 de septiembre de 2022, en Madrid (España). El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de España es el Departamento de la Administración General del Estado competen - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

Se modifican normas en materia de transporte de animales y de sacrificio y establece un periodo transitorio de penalizaciones de ecorregímenes

MADRID, 28 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes los dos últimos reales decretos que completan el paquete normativo de acompañamiento para el desarrollo de la nueva Política Agraria Común (PAC) en España, y que se refieren a la mejora de las condiciones de bienestar animal en las granjas y a las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el plan estratégico.

En concreto, se trata de dos cuestiones que no eran condicionantes para la entrada en vigor de la nueva PAC el pasado 1 de enero. El paquete normativo se compone de la ley que regula que regula el sistema de gestión de la PAC y otras materias conexas, aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 15 de diciembre, y de 18 reales decretos sobre el régimen de ayudas, intervenciones sectoriales y cuestiones regulatorias de la actividad agraria, cuyo grueso se aprobó entre octubre y diciembre del pasado año.

BIENESTAR ANIMAL

De esta forma, el real decreto sobre bienestar animal compila varias modificaciones de normas ya en vigor y crea algunas nuevas herramientas para mejorar el bienestar animal en las granjas y facilitar los controles oficiales que llevan a cabo las autoridades competentes.

Así, se crea formalmente la mesa nacional de coordinación sobre bienestar y protección de los animales y se designa centro de referencia el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Catalunya (IRTA), que se nombra mediante esta norma por un plazo de dos años.

El decreto aprobado modifica también varias normas en vigor en materia de transporte de animales y de sacrificio, así como las normas mínimas para la protección de cerdos, con el fin de mejorar las condiciones de las granjas y el manejo de los animales, para lo que se establecen requisitos más específicos que los actuales, y adaptados al actual conocimiento científico.

En concreto, figuran nuevos valores en lo relativo a la densidad máxima de animales en las granjas, y nuevas condiciones respecto de su alimentación, agua, comederos, condiciones ambientales de las mismas y a la disponibilidad para los animales de material manipulable. El fin último es disminuir la necesidad de practicar el corte de colas de los cerdos. Las granjas ya existentes dispondrán de dos años para realizar las adaptaciones necesarias.

Además, para asegurar que se mejoran los procesos internos de las granjas, se extiende la obligación de disponer de un plan de bienestar animal a todas las explotaciones a partir de cierto tamaño. Los titulares de las granjas dispondrán de cuatro años para disponer de dicho plan.

Igualmente se modifican todos los reales decretos sobre protección de animales en las granjas (el relativo a condiciones generales, y los de cría de terneros, gallinas ponedoras, cerdos y pollos de carne) para adecuarlos a la normativa comunitaria en aspectos formales, como los relativos a los informes de los resultados de los controles y otros aspectos técnicos administrativos.

PERIODO TRANSITORIO EN LA APLICACIÓN DE PENALIZACIONES DE ECORREGÍMENES

Por otro lado también se ha aprobado el marco normativo necesario para aplicar las correspondientes penalizaciones a todo el conjunto de intervenciones integradas en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC).

Las penalizaciones se definen como las reducciones a aplicar a las ayudas en caso de que se detecte un incumplimiento de los requisitos de subvencionabilidad, compromisos u otras obligaciones, con el objetivo de garantizar una protección eficaz de los intereses financieros de la Unión Europea (UE).

La norma aprobada mantiene el 'statu quo' de forma general y se han flexibilizado algunas cuestiones. En particular, se contempla un periodo transitorio en la aplicación de las penalizaciones de los nuevos ecorregímenes en favor del clima y del medio ambiente, de forma que, en el 2023, al ser el primero de desarrollo de esta medida, no se aplicarán penalizaciones, y para 2024 se reducirán a la mitad.

Se reducen también a la mitad las penalizaciones a aplicar en caso de intervenciones en la que se hayan controlado a la totalidad de las personas beneficiarias mediante el sistema de monitorización de superficies.

De esta forma, esta nueva norma completa el marco legislativo de la PAC, y desarrolla lo establecido por la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de ésta y otras materias conexas en lo que se refiere a las penalizaciones.

El real decreto aprobado también introduce determinados ajustes técnicos en algunos de los aprobados anteriormente para el desarrollo de la PAC, con el fin de mejorar la aplicabilidad de los mismos.