Audiencia de Álava ratifica la culpabilidad de los responsables de Afypaida por la quiebra de Hiriko

Publicado: viernes, 26 octubre 2018 16:19

VITORIA, 26 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Álava ha ratificado la culpabilidad de la quiebra de Afypaida, la Asociación que impulsó el fallido proyecto de coche eléctrico Hiriko, al exconcejal del PNV Iñigo Antía, y los empresarios Jesús Echave, Fernando Achaerandio y José Luis Bengochea, administradores de esta empresa que recibió casi 19 millones de euros en ayudas públicas.

En una sentencia que se ha dado a conocer este viernes, la Audiencia de Álava ha rechazado el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal --que solicitaba una pena más elevada-- y confirma la sentencia dictada en diciembre de 2017 por el Juzgado de lo Mercantil 1 de Vitoria.

En la citada sentencia, la juez inhabilita a los responsables de la Asociación para el Fomento y Promoción de Actividades Industriales y Deportivas de Automoción (Afypaida), para la administración de bienes ajenos y para representar a cualquier persona durante dos años.

Además, se les condena a indemnizar de forma solidaria con 535.000 euros a la "masa del concurso" de acreedores y pierden "cualquier derecho que pudieran tener como acreedores concursales". También condena a Circuito del Norte a ayudar en el pago de la indemnización por considerar a esta empresa "cómplice".

Según explica la sentencia, no se ha detectado engaño, ocultación o simulación por parte de los administradores, a pesar de que se trataba de cuatro empresarios "sin experiencia en el sector de la automoción", que recibieron "ingentes" cantidades de dinero por un proyecto que era una "ilusión irrealizable", porque "no iba a ser posible la homologación del vehículo".

Sin embargo, considera que la compra por parte de Afypaida de un prototipo de un coche de carreras a la empresa Circuito del Norte a finales del año 2012 por 535.000 euros, fue una decisión "gravemente imprudente" que "mermó directamente" en más de medio millón de euros los fondos de la asociación.

En este sentido, subraya que esta compra se llevó a cabo cuando la asociación estaba "agotada desde el punto de vista financiero, sin expectativa de poder continuar con el proyecto al que había dedicado su actividad", por lo que fue una decisión "gravemente imprudente que agravó la situación de insolvencia final".

La Fiscalía cifraba el "daño al interés general" en 15,7 millones de euros, y solicitaba la devolución de esta suma, así como una inhabilitación de diez años para administrar bienes ajenos por parte de los acusados.

Sin embargo, en la sentencia se estima parcialmente la demanda del Ministerio Fiscal al rechazar la acusación contra 14 sociedades que también participaron en el proyecto, entre las que se encuentra DenokInn y Sapa.

EL RECURSO

Por este motivo, el fiscal interpuso un recurso considerando que había un error en la valoración de una prueba respecto a una operación de compra llevada a cabo por Afypaida, que considera que "derivó a una mayor insolvencia" de la empresa.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Álava explica que en su recurso la Fiscalía "no determina los pronunciamientos que impugna" ni "aclara quiénes han tenido una actuación dolosa". "Pretende una declaración de condena más contundente que supla la de instancia, sin concretar sus pretensiones", explica.

Por ello, recuerda que la sentencia ya dictada califica el concurso de Afypaida de "culpable por imprudencia grave" de los administradores y cree que, aunque se estimara el recurso del Ministerio Fiscal, "ninguna consecuencia práctica se derivaría del mismo" porque "el fallo ya recoge que los afectados con su conducta imprudente, contribuyeron a la agravación de la insolvencia" de la empresa.

Contra esta sentencia de la Audiencia Provincial de Álava cabe recurso de casación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.

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