El Feader financia la promoción, desarrollo y diversificación económica de los municipios rurales vascos

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Publicado: miércoles, 27 marzo 2019 10:35

Dota la creación de empresas no agrícolas, la contratación, las infraestructuras, los servicios básicos y la renovación de municipios

BILBAO, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), que se centra en la resolución de problemas específicos de las zonas rurales de la Unión Europea, financia hasta en un 80% las ayudas destinadas a la promoción, al desarrollo y a la diversificación económica de los municipios rurales vascos incluidos en la zona Leader (un total de 122 en los que habitan más de 93.000 personas), aprobada en el marco del Plan de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020. El Gobierno Vasco aprobó en abril de 2018 destinar un total de 10 millones de euros a este programa de ayudas.

Según datos del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco, las líneas objeto de esta ayuda son la creación de empresas (start up) para actividades no agrícolas, las inversiones en la creación, ampliación y modernización de empresas, la contratación por cuenta ajena, las infraestructuras, servicios básicos y renovación de municipios, y el acceso a la vivienda.

El programa Leader apoya la promoción, desarrollo y diversificación económica de los municipios de elevado grado de ruralidad, definición establecida en base a unas variables tales como población, acceso a servicios públicos, Valor Añadido Bruto agrario, el PIB de la entidad, superficie agrícola, margen bruto de las explotaciones agrarias, etc.

Financiados hasta un 80% con fondos europeos Feader, está dirigido a los municipios con "mayor índice de ruralidad" y tiene como objetivos la creación, ampliación y modernización de empresas, la contratación por cuenta ajena, la construcción y arreglo de infraestructuras y servicios básicos, la promoción del turismo y la mejora del acceso a la vivienda y la calidad de vida.

CREACIÓN DE EMPRESAS

Serán beneficiarios de las ayudas Leader destinadas a la creación de empresas (start-up) para actividades no agrícolas, los agricultores o miembros de la unidad familiar de una explotación que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas en zona Leader.

La persona beneficiaria de la ayuda será un miembro de la unidad familiar de la explotación entendido como la persona física o jurídica o el grupo de personas físicas o jurídicas, independientemente del régimen jurídico que otorguen las legislaciones nacionales al grupo y a sus miembros, con excepción de las personas trabajadoras agrícolas.

En los casos en que un miembro de la unidad familiar de la explotación sea una persona jurídica o un grupo de personas jurídicas, ese miembro debe ejercer una actividad agrícola en la explotación en el momento en que se presente la solicitud de ayuda. También podrán obtener la ayuda las micro y pequeñas empresas no agrícolas de nueva creación, así como las personas físicas.

MODERNIZACIÓN DE EMPRESAS

Los beneficiarios de las ayudas Leader a las inversiones para la creación, ampliación y modernización de empresas son los agricultores o miembros de la unidad familiar de una explotación que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas en zona Leader; las micro, pequeñas y medianas empresas no agrícolas y las personas físicas.

En el caso de las ayudas Leader para la contratación por cuenta ajena, se ayudará a las personas agricultoras o miembros de la unidad familiar de una explotación que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas en zona Leader; micro, pequeñas y medianas empresas no agrícolas; además de a las personas físicas.

Por su parte, serán beneficiarios de las ayudas a las inversiones en infraestructuras de servicios básicos y renovación de los pueblos Leader las entidades locales; el municipio; los concejos y cualesquiera otras entidades locales territoriales de ámbito inferior al municipio, conforme a la normativa foral existente en cada territorio y lo dispuesto en la legislación básica de régimen local; las mancomunidades de municipios; las cuadrillas del territorio histórico de Álava; cualesquiera otras entidades que agrupen a varias entidades locales, bajo la denominación específica que corresponda, conforme a lo dispuesto en esta ley y demás normativa que sea de aplicación.

También podrán recibir ayudas el sector público institucional local y las Asociaciones de Desarrollo Rural, en aquellos casos en los que las entidades locales les deleguen o encarguen la puesta en marcha de un proyecto en beneficio de una zona Leader.

AYUDAS A LA VIVIENDA

Por otra parte, serán beneficiarios de la ayudas Leader a la vivienda nueva las entidades públicas con domicilio social en zona Leader; las cooperativas u otras formas colectivas, con domicilio social en zona Leader, auspiciadas por el ayuntamiento cuyos componentes sean los propietarios finales de la vivienda y cumplan los requisitos exigidos en esta medida; y las personas agricultoras a título principal empadronadas en zona Leader. Se entenderá que cumplen esta condición cuando su renta provenga como mínimo de 50% del sector primario y cuya dedicación al mismo sea también como mínimo del 50%.

Por último, podrán ser beneficiarios de las ayudas a la rehabilitación las entidades públicas con domicilio social en zona Leader; las cooperativas u otras formas colectivas, con domicilio social en zona Leader, auspiciadas por el ayuntamiento cuyos componentes sean los propietarios finales de la vivienda y cumplan los requisitos exigidos en esta medida; las personas agricultoras y las personas físicas empadronadas en zona Leader. El plazo de presentación de solicitudes para recibir las ayudas está abierto hasta el 31 de diciembre.

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