Gobierno vasco cambia la normativa de VPO para que los divorciados no tengan que esperar dos años para acceder a sorteos

Europa Press País Vasco
Actualizado: martes, 27 marzo 2007 15:59

VITORIA 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Departamento de Vivienda del Gobierno vasco ha modificado la normativa sobre viviendas de Protección Oficial (VPO) con el fin de facilitar el acceso a estos pisos de las personas divorciadas o separadas. A partir de ahora, las personas que abandonen el domicilio conyugal podrán participar en los sorteos de VPO de forma inmediata, y no transcurridos dos años, como estipulaba la normativa anterior.

En un comunicado, la Consejería explicó que estos cambios tratan de dar respuesta a las necesidades del colectivo de personas separadas y divorciadas, que se ha duplicado desde 2001, pasando de 2.000 a más de 4.000 al año.

Las modificaciones introducidas permiten que estas personas se incorporen al cupo social para viviendas en alquiler, en el que tienen también cabida las familias monoparentales o las mujeres que han sufrido maltrato. Este cupo ofrece mayores posibilidades de salir elegido en los sorteos.

Además, las personas separadas o divorciadas inscritas en el Registro de Etxebide que tengan custodia compartida podrán hacer constar como unidad convivencial a sus hijos en ambas solicitudes.

En el caso de custodia no compartida, los hijos formarán parte de la unidad convivencial del ex cónyuge custodio. El ex cónyuge no custodio podrá solicitar que se tenga en cuenta a los hijos a los efectos de las dimensiones o número de habitaciones de la futura vivienda.

También se tendrán en cuenta las situaciones derivadas del cálculo de ingresos para acceder a los sorteos, derivado de las pensiones compensatorias. Para ello, el ex conyuge que tiene la obligación de pagar la pensión compensatoria debe probar documentalmente que la está pagando, lo que aminorará sus ingresos a efectos de Etxebide.

El objetivo principal de estas medidas es ajustar la normativa a las necesidades cambiantes de la demanda y consolidar el cupo de alquiler para situaciones de emergencia social.

Los cambios introducidos también permitirán que la persona separada o divorciada que deba abandonar el domicilio conyugal pueda participar en los sorteos de forma inmediata, y no transcurridos dos años, como se establecía en la normativa anterior.

En el caso de venta de la vivienda, también podrán participar en los sorteos los dos ex cónyuges, siempre que el ingreso neto que obtengan por la venta, una vez descontada la hipoteca y los gastos notariales, no supere los 75.000 euros.

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