Gobierno Vasco y Consejo Vasco de la Abogacía refuerzan la asistencia jurídica gratuita a víctimas de violencia machista - GOBIERNO VASCO
VITORIA, 12 Mar. (EUROPA PRESS) -
Gobierno Vasco y el Consejo Vasco de la Abogacía han acordado este jueves reforzar la Asistencia Jurídica Inmediata a Personas Víctimas de Delitos de Violencia sobre la Mujer, Delitos de Violencia Intrafamiliar y Delitos contra la Libertad Sexual, incrementando de ocho a 15 el número de letrados que deberán permanecer de guardia para la asistencia inmediata a estas víctimas.
La consejera de Trabajo y Justicia del Gobierno Vasco, María Jesús San José, y la presidenta del Consejo Vasco de la Abogacía, Lurdes Maiztegui, han suscrito este jueves el nuevo Convenio. En el acto, celebrado en la sede del Gobierno Vasco de Vitoria, también han participado los decanos de los Colegios de la Abogacía de Bizkaia y Álava, Carlos Fuentenebro y Antón Echevarrieta.
La consejera de Justicia ha comenzado su intervención manifestando su condena y solidaridad a la familia de las dos mujeres, madre e hija, asesinadas este pasado miércoles por el marido y padre de las víctimas en la localidad vizcaína de Abanto-Zierbena.
San José ha explicado que una de las razones de este incremento es la evolución de las intervenciones de asistencia letrada a víctimas de delitos sobre la mujer, de violencia doméstica y agresiones sexuales que ha pasado de 2.191 asistencia letradas en 2004 a 4.637 en 2019 y el número de personas atendidas en el ultimo año ha sido de 3.758 --3.378 mujeres y 380 hombres--. "Esta evolución exige una actualización del número de profesionales dedicados a este servicio", ha defendido.
Como ya avanzó la consejera la semana pasada en una rueda de prensa en Vitoria, los Colegios de la Abogacía de Euskadi dispondrán de 15 profesionales titulares de guardia y 7,5 de refuerzo. La distribución será de 7 personas letradas titulares y 4 de refuerzo en Bizkaia; 5 titulares y 2 de refuerzo en Gipuzkoa; y 3 titulares y 1,5 de refuerzo en Álava. Las partes, de común acuerdo, podrán acordar un incremento o disminución de número de profesionales de guardia según las necesidades del servicio.
Asimismo, se actualizan las cuantías de los distintos aspectos objeto de financiación por parte del Gobierno Vasco, particularmente la compensación económica por las guardias y los refuerzos a las personas letradas que atienden este turno específico las 24 horas del día y los 365 días del año.
En concreto, la compensación económica por las guardias de 24 horas y las asistencias derivadas de la misma, en el día o en días posteriores, tendrán una compensación de 270 euros por letrado titular (1.890 euros/semana) y 135 euros por refuerzo (945 euros/semana), mientras que la compensación económica por los gastos de gestión será de 13 euros por parte.
La consejera San José ha recordado que el primer Servicio de Asistencia Jurídica y Turno de Oficio para Víctimas de Violencia Doméstica o Agresiones Sexuales se puso en marcha con el acuerdo del año 2003.
Transcurridos cuatro años, el funcionamiento del Turno Especial en cada uno de los Colegios de la Abogacía de Euskadi "se perfeccionó y recibió un nuevo impulso" en 2007, con el Convenio para la asistencia jurídica inmediata a personas víctimas de los delitos sobre la mujer, de violencia doméstica y de agresiones sexuales en la Comunidad Autónoma Vasca.
Asimismo, ha destacado que este nuevo Convenio, no solo incorpora los cambios y avances normativos a nivel internacional, nacional y autonómico en la prevención y lucha contra la violencia sobre la mujer y la violencia doméstica, sino también "actualiza y amplia" los objetivos de colaboración entre la Administración y el Consejo Vasco de la Abogacía.
ASISTENCIA ESPECIALIZADA
El Convenio establece que la asistencia jurídica especializada para cualquiera de las víctimas de delitos de violencia sobre la mujer, delitos de violencia intrafamiliar y delitos contra la libertad sexual, comprenderá el asesoramiento presencial previo a la interposición de una denuncia y, en su caso, de la solicitud de una Orden de Protección, adaptado el mismo a las circunstancias personales de la víctima, a la naturaleza del delito y a los daños y perjuicios sufridos.
También contempla la asistencia en la formulación de la denuncia, así como, en su caso, la solicitud de la Orden de Protección, la comparecencia para la Orden de Protección o cualquier otra diligencia judicial que se produzca durante la tramitación del proceso, los recursos que resulte procedente formular, impugnar o rebatir durante su tramitación.
Asimismo, se atenderá cualquier otro acto procesal que precise una intervención, real y efectiva, de una letrada o un letrado, hasta la terminación del proceso.
Las partes firmantes del Convenio han manifestado que con este acuerdo buscan garantizar que las víctimas reciban información y asistencia jurídica especializada, de modo que sean "convenientemente asesoradas" sobre los instrumentos jurídicos a su disposición y las consecuencias que su ejercicio pudiere deparar, antes de la formulación de la denuncia, así como su defensa en el ejercicio de la acusación particular si lo desea.
Además, subrayan que el convenio garantiza que las letradas y los letrados que prestan este turno específico de violencia, para el que han tenido que acreditar una formación inicial y continuada en los delitos objeto de este convenio, reciban una compensación económica "idónea" en realización con la especificidad de las actuaciones realizadas.
FORMACIÓN CONTINUA
Por su parte, el Consejo Vasco de la Abogacía garantiza la formación obligatoria inicial y continua de los juristas que sean adscritos a los servicios derivados del Convenio y organizarán, con la colaboración y financiación del Departamento de Trabajo y Justicia, cursos anuales obligatorios, en los que se dará la debida divulgación a los Protocolos de Coordinación existentes.
Para garantizar la "inmediatez" de la presencia letrada en las dependencias donde sea requerida, el lapso desde la recepción de la correspondiente petición en el teléfono de contacto no será superior a una hora y media.
Las actuaciones letradas posteriores a las que son objeto del Convenio firmado este jueves, que tengan causa directa en el delito padecido, serán asumidas por la persona letrada que asistió inicialmente a la víctima y devengará siempre a favor de la misma la compensación económica que corresponda, conforme a la normativa vigente sobre asistencia jurídica gratuita.