El transporte público tendrá servicios mínimos del 30% el día de la huelga y los hospitales funcionarán como festivos

Actualizado: lunes, 24 septiembre 2012 12:40

BILBAO, 24 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Departamento de Empleo del Gobierno vasco ha dictado un orden de servicios mínimos para la huelga general convocada por ELA, LAB, ESK, STEE, CGT y CNT para este miércoles, en la que se señala que el transporte público funcionará a un 30 por ciento de la actividad de un día laborable, mientras que los hospitales lo harán como festivos

En un comunicado, ha indicado que, dado que el ejercicio del derecho a la huelga puede colisionar con el resto de derechos fundamentales de la ciudadanía, ha considerado imprescindible dictar las medidas oportunas encaminadas a asegurar el mantenimiento de servicios esenciales, de manera que "no quede vacío de contenido ninguno de los derechos fundamentales en conflicto".

Por ello, ha establecido unos servicios mínimos que se recogen en una orden publicada este lunes en el Boletín Oficial del País Vasco y ha señalado que los mismos se prestarán preferentemente por personas que no ejerciten el derecho a la huelga, salgo que con ese personal no se alcance a cubrir los servicios.

Las empresas y organismos encargados de la prestación de los servicios sanitarios, tanto públicos como privados, se mantendrán en los centros hospitalarios con el personal habitual de un festivo los servicios de urgencia, cocina, reparto de comida, la limpieza estrictamente necesaria para el funcionamiento de estos servicios y la atención debida a los enfermos hospitalizados. Se mantendrán, también, los procesos de diálisis y tratamientos oncológicos predeterminados y los indemorables.

En atención primaria, se mantendrá en las cabeceras de cada Unidad de Atención Primaria un médico de atención en el centro, un médico de atención domiciliaria, un pediatra, un enfermero de atención en centro, un enfermero de atención domiciliaria y un celador o profesional de atención al cliente. En la comarca Ezkerraldea-Enkarterri se considerarán cabeceras los Centros de Salud de Balmaseda y Carranza. También se mantendrán el 100 por cien de los servicios de emeregencia y PAC.

En el servicio Call Center, se establece el 50 por ciento del personal (siete auxiliares administrativos en el turno de mañana y tres auxiliares administrativos en el de tarde).

Las empresas del sector del transporte sanitario mantendrán los servicios de urgencias. Además, se mantendrá el transporte programado para los tratamientos de hemodiálisis, oncológicos y para el hospital de día, así como el transporte urgente interhospitalario y los urgentes que se produzcan dentro del Hospital de Basurto, siempre que sea acreditado mediante certificado medico, no exista personal propio del hospital para realizar tal servicio, y se precise del uso de camilla.

También se garantiza el transporte ocasionado por altas hospitalarias que precisen de la utilización de camilla, así como el traslado de sangre y hemoderivados.

En los cementerios municipales, con el personal imprescindible para ello, se mantendrá el servicio de enterramiento o incineración, únicamente en el supuesto de que sea inexcusable su realización por no existir alternativa viable al mismo.

EMERGENCIAS

Los servicios de atención de emergencias y seguridad vial de las administraciones públicas y el área de comunicaciones e informática del Departamento de Interior se mantendrán con el personal equivalente al de un día festivo.

En las residencias geriátricas y centros de día, así como aquellos otros que afecten a personas con algún grado de dependencia o discapacidad, se mantendrán los servicios de atención directa con el 50 por ciento del personal gerocultor o auxiliar de clínica que efectúa dicha atención directa, salvo de 08.00 a 10.30 de la mañana y de 20.00 a 22.00 horas, así como en el horario habitual de la comida, en que este porcentaje se incrementará en un 10 por ciento.

Igualmente se establece como servicio mínimo el 50 por ciento del personal sanitario y de cocina. Si el 50 por ciento fuera inferior a una persona, la misma está llamada a realizar dichos servicios. En el turno de noche, en aquellos centros que cuenten con diversas personas para la realización del mismo, se mantendrán un mínimo de dos personas.

En los centros de día se mantendrán los servicios de atención directa con el 50 por ciento del personal gerocultor o auxiliar de clínica que efectúa dicha atención directa, salvo en el horario habitual de la comida, en que este porcentaje se incrementará en un 10 por ciento. Igualmente se establece como servicio mínimo el 50 por ciento del personal sanitario y de cocina. Si el 50 por ciento fuera inferior a una persona, estará llamada a realizar dichos servicios.

Se mantendrá, igualmente, el transporte especial de titularidad pública a los Centros de Día de las personas dependientes que acuden a ellos en la medida que sus desplazamientos a éstos no puedan hacerse en otros medios de transporte alternativos.

En las residencias de menores, viviendas comunitarias, centros de intervención social y en el Centro Educativo Ibaiondo se mantendrán los servicios de un día festivo. Del mismo modo en los sectores de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia, se mantendrá el servicio para cubrir las necesidades básicas de atención directa de las personas usuarias como en un día festivo.

EDUCACIÓN

En Educación no universitaria, pública o concertada se contará, para garantizar el control de acceso a los Centros, por cada Centro Público, se mantendrá una persona del equipo directivo y una persona de la plantilla de subalternos para el turno de mañana y otra para el turno de tarde.

En el Consorcio Haurreskolak y guarderías de titularidad municipal para garantizar el control de acceso a los centros, por cada centro, un coordinador o persona que lo sustituya.

En la Universidad del País Vasco, para garantizar el control de acceso a los centros y edificios vinculados habrá una persona de la plantilla de conserjes para el turno de mañana y uno para el turno de tarde por cada centro o edificio vinculado.

TRANSPORTE

Las empresas de transporte regular de viajeros por carretera transporte ferroviario, por cable y fluvial, mantendrán un número de servicios y frecuencias equivalente al 30 por ciento del servicio ordinario en días laborales, atendiendo especialmente a los horarios de entrada y salida del trabajo. Los servicios que tengan su inicio con anterioridad a la hora de comienzo de la huelga se seguirán realizando hasta concluir su trayecto.

Igualmente, han de mantenerse los servicios de mando, coordinación, control y seguridad en los medios de transporte con una persona por cada puesto de estos servicios y en cada turno.

En las autopistas y túneles de peaje se garantizará el funcionamiento de la infraestructura en las debidas condiciones de seguridad con el personal de un festivo. El servicio de peaje será atendido con el 30 por ciento del personal en horas punta (06.30 a 09.30 horas y de 17.30 a 20.30 horas) y con el 15 por ciento en el resto de franjas horarias.

Se realizará el mantenimiento de carreteras con el personal y servicio correspondiente a un día festivo y se garantizará el funcionamiento del 30 por ciento de las gasolineras de Euskadi.

Por su parte, las empresas y organismos encargados de la producción y suministro de energía eléctrica, producción y distribución de gas y depuración y suministro de agua, garantizarán la prestación del servicio con el personal correspondiente a un festivo.

En las empresas de telecomunicaciones, para la realización de labores de mantenimiento se mantendrá el personal de un festivo de este grupo de personal. En la Radio Televisión Vasca (EITB) se señalan como servicios a garantizar, únicamente, los servicios informativos diarios en su horario habitual.

En Administraciones públicas, se mantendrá el servicio de registro de documentos en las capitales vascas a través de Zuzenean. La dotación mínima de personal será un trabajador por sede y turno.