TSJPV avala la anulación del contrato con una banda de músicos que desafinaba y cantantes que no se sabían la letra

El concierto, ofrecido en el Centro Galego de Vitoria-Gasteiz en julio de 2023, se caracterizó por "un desajuste continuo"

Archivo - TSJPV
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Europa Press País Vasco
Publicado: viernes, 29 mayo 2026 17:06

VITORIA, 29 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha avalado la decisión del Centro Galego de Vitoria-Gasteiz de no abonar la mitad del contrato a una banda que actuó en este espacio en julio de 2023 porque los músicos "desafinaban", los cantantes no se sabían las letras ni coreografías y algunos micrófonos no funcionaban.

La sentencia del TSJPV, que es firme, rechaza así el recurso presentado por el representante artístico de la banda contra la decisión del Centro Galego de la capital alavesa.

En la demanda inicial del proceso, el representante artístico reclamaba al Centro Galego de Vitoria-Gasteiz 6.655 euros correspondientes a la mitad de los honorarios por la contratación de la orquesta 'Ciudad de Vigo' y su actuación en el centro los días 22 y 23 de julio de 2023.

La primera mitad del contrato se pagó conforme a la factura girada el 22 de julio. No obstante, el centro argumentó posteriormente que no se había cumplido el contrato, por parte de la banda, y no abonó el resto del pago.

El Centro Galego argumentó que los músicos no coincidían, salvo uno, con los que aparecían en las imágenes publicitarias del grupo; que los cantantes no se sabían las coreografías ni las letras; que no se cumplieron los horarios; que había "desafine" por parte del grupo; y que había micrófonos que no funcionaban, de forma que "el desajuste de la música y canciones fue continuo".

Todo ello --según el Centro Galego-- "produjo quejas y malestar, con disminución en la afluencia de público y en las ventas de los puestos".

"RAZONABLE Y EQUILIBRADO"

En la sentencia de primera instancia se estimó acreditada "la existencia de desajustes y defectos en la actuación de la orquesta en grado suficiente para considerar incumplido el contrato", por lo que se desestimó la demanda del representante artístico del grupo.

Ahora, frente al recurso presentado por este agente, el TSJPV confirma la sentencia, al considerar "razonable y equilibrado, a la vista de los incumplimientos y la consecuente baja presencia de público al conjunto de la fiesta entorno a la cual se desarrollaba la actuación, el importe de la compensación del perjuicio causado con la rebaja del precio por el importe correspondiente con la factura objeto de la demanda".

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