La Junta de Extremadura recuerda que la celebración de espectáculos en las fiestas patronales requiere autorización

Europa Press Extremadura
Actualizado: martes, 26 agosto 2008 16:46

MÉRIDA 26 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Extremadura recordó hoy la necesidad de solicitar una autorización para celebrar actividades recreativas, tales como conciertos u espectáculos, que con carácter extraordinario pudieran desarrollarse con motivo de las ferias y fiestas de verano en los pueblos de la región.

En nota de prensa, la Junta subrayó que "ningún" local puede ofrecer servicios, espectáculos, actividades o diversiones distintas a aquellas para los que se encuentra amparado por licencia, si bien se permite que, con carácter extraordinario, tales actividades o espectáculos puedan autorizarse por la Administración de la Comunidad.

Esta autorización, explicó, se instruirá a través de la Secretaría General de Administración Pública e Interior de la Consejería de Administración Pública y Hacienda.

Por ejemplo, si un establecimiento tiene licencia de apertura municipal, únicamente para la actividad de cafetería, bar o restaurante, espectáculos deportivos u otros, dicha licencia no ampara la celebración de un concierto en vivo, actividades musicales en general o bailes públicos, para ello debería solicitar la mencionada autorización.

REQUISITOS

En cuanto a los requisitos, que deberán acreditarse mediante la documentación que a de aportarse junto con la solicitud, se encuentran la contratación de un seguro de responsabilidad civil para cubrir los daños que pudieran derivarse de la celebración de ese espectáculo o actividad singular, así como un certificado expedido por un técnico competente acreditativo de que el local reúne las condiciones de seguridad, higiene, aforo, accesos apropiados y suficiente zona de aparcamiento requeridas por esa singular actividad o espectáculo a celebrar.

Por otra parte, se ha de concertar para un aforo superior a 100 personas, un contrato de vigilancia para garantizar la seguridad e integridad de las personas asistentes al evento, conforme a la normativa vigente en materia de seguridad personas.

Ciertos establecimientos, con aforo para más de 500 personas en establecimientos cerrados o para 3.000 personas en espacios al aire libre, deberán disponer del correspondiente plan de emergencia y autoprotección y el correspondiente certificado técnico acreditativo del correcto funcionamiento del sistema eléctrico del local.

En lo que va de verano se han resuelto y notificado 29 expedientes de autorización extraordinaria estando instruyendo hasta la fecha dos expedientes más para espectáculos a desarrollar durante el mes de septiembre.

Los interesados podrán encontrar información más completa sobre los requisitos documentales, modelos de solicitud, plazos, etc, en la página web de la Junta de Extremadura, Consejería de Administración Pública y Hacienda, Secretaría General de Administración Pública y Hacienda.

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