MÉRIDA 29 May. (EUROPA PRESS) -
La autorización de actividades puntuales de pastoreo ovino en las superficies acogidas a las ayudas a la forestación de tierras agrícolas en Extremadura se ha ampliado desde el 31 de mayo hasta el 30 de junio, con el objetivo de "prevenir incendios forestales y eliminar la vegetación en competencia con la forestación".
El Diario Oficial de Extremadura publica la resolución de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria por la que se amplía el plazo que permite el pastoreo "controlado, puntual y temporal" con ganado ovino, y sólo cuando se cumplan determinados requisitos.
Esta medida afirma "debe entenderse como una actividad que contribuirá al desarrollo de las forestaciones ya consolidadas" en la comunidad autónoma, señala el Gobierno de Extremadura en nota de prensa.
Según establece la Orden, únicamente se autorizará el pastoreo en forestaciones consolidadas, en las que hayan transcurrido diez o más años desde su implantación, que tengan una densidad acorde con la legislación que regula estas ayudas y que tengan un estado vegetativo óptimo.
Así, añade que cuando se trate de forestaciones con menos de una década de implantación (aunque siempre debe tener más de cinco años), la Dirección General de Política Agraria Comunitaria podrá autorizar el pastoreo controlado previo informe favorable del servicio de ayudas a la forestación -se añaden más condicionantes de carácter técnico- y siempre que haya pastos abundantes.
En principio este pastoreo sólo podrá realizarse hasta el 30 de junio, y entre noviembre y diciembre, con una carga que no puede superar las cuatro ovejas por hectárea.