Rural.- El servicio de extinción contará con un dispositivo activo 24 horas todo el período de alto riesgo de incendios

Actualizado: jueves, 26 junio 2008 16:00

El personal del SPDC podrá disfrutar de 15 días de vacaciones en julio y septiembre de modo escalonado y en función de las necesidades

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Servizo de Prevención e Defensa Contra Incendios (SPDC) de la Xunta contará con un dispositivo de personal técnico durante las 24 horas del día, los siete días a la semana, de forma continuada durante el período de alto riesgo de incendios, que coincide en esta campaña con los meses de julio, agosto y septiembre.

"Con esto, se va a contribuir la una mejor atención del servicio de emergencias contra incendios forestales", celebró la Consellería de Medio Rural con respecto a este dispositivo que se establece en el acuerdo que firmó con las organizaciones sindicales (CIG, FSP-UGT y CC.OO) sobre las condiciones de trabajo del personal funcionario perteneciente a los grupos A1 y La2 del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales.

A efectos de prestación de servicios se divide el año en dos períodos, uno común que abarca ocho meses y otro extraordinario que se corresponde con la época de peligro alto --julio, agosto y septiembre-- más un mes a determinar, que será decidido en función del riesgo de incendios forestales.

El departamento nacionalista que dirige Alfredo Suárez Canal aclaró que este período de un mes podrá fraccionarse y el calendario de turnos de guardias se establecerá en función del nivel de peligro de incendios, a partir de una evaluación de la frecuencia, causalidad, combustibilidad, vulnerabilidad y en función del riesgo potencial en cada distrito. Por tanto, precisó que, en este período, los turnos podrán ser diferentes en cada distrito forestal.

DESCANSO DE 48 HORAS Y 15 DÍAS DE VACACIONES EN VERANO.

Durante el período extraordinario, los técnicos prestarán sus servicios realizando labores de dirección y coordinación de los medios en turnos de guardia, con una duración de 24 horas consecutivas que se dividirán en 12 horas de presencia física y 12 de guarda localizada, donde tendrán el deber de atender situaciones de emergencia. Luego de la realización de la guardia de 24 horas, tendrán un descanso consecutivo de 48 horas.

Dentro del primero trimestre de cada año, se confeccionará un cuadrante de trabajo en el que se reflejarán las vacaciones del personal a lo que se refiere el acuerdo.

Las vacaciones se establecerán con carácter general fuera del período estival de alto riesgo, sin perjuicio del disfrute de 15 días naturales en los meses de julio y septiembre a solicitud de cada funcionario de manera escalonado en función de necesidades del servicio y "en base a condiciones objetivas".

Durante el mes de agosto, no se disfrutarán vacaciones con carácter general, excepto autorización expresa de la Dirección Xeral de Montes e Industrias Forestaos, supeditada a las necesidades del servicio en función del riesgo de incendios forestales.