Autorizada la prorroga a la limitación en las reuniones para reducir la interacción social

Dos mujeres en la terraza de un restaurante de la Rua da Raiña, el día en que el TSXG declara nula la petición de certificado Covid para entrar en hostelería, a 12 de agosto de 2021, en Santiago de Compostela, A Coruña, Galicia (España).
Dos mujeres en la terraza de un restaurante de la Rua da Raiña, el día en que el TSXG declara nula la petición de certificado Covid para entrar en hostelería, a 12 de agosto de 2021, en Santiago de Compostela, A Coruña, Galicia (España). - César Arxina - Europa Press
Publicado: viernes, 20 agosto 2021 15:31

   El TSXG da su visto bueno porque responde "a una situación clara de incremento del virus y no tiene un impacto significativo en el derecho de reunión"

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 20 Ago. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) autoriza prorrogar la limitación en las reuniones de personas para reducir la interacción social con la vista puesta en el freno de contagios de coronavirus.

   En concreto, la sala de vacaciones del TSXG ha autorizado las medidas restrictivas de derechos fundamentales contenidas en la orden de 19 de agosto de 2021, que prorroga las que ya se recogían en la orden de 21 de julio, aprobadas en su día por el tribunal, y ya prorrogadas por orden de 4 de agosto.

   Su objetivo, al limitar las agrupaciones de personas para reducir la interacción social, es hacer frente a la evolución de la situación epidemiológica derivada de la covid en Galicia y tienen vigencia hasta el 4 de septiembre.

   La sala da su visto bueno a las medidas propuestas porque responden "a una situación clara de incremento del virus y no tienen un impacto significativo en el derecho de reunión, más necesitado de control en el horario nocturno, frecuentado en mayor medida por los jóvenes, más proclives al contacto social, por lo que se cumplen las exigencias de ser medidas idóneas, necesarias y proporcionadas".

   De esta forma, se permite la reunión de hasta seis personas en espacios cerrados y de diez en espacios abiertos o al aire libre, sean de uso público o privado, excepto que se trate de convivientes, o excepto que los encuentros se produzcan exclusivamente entre personas de dos unidades de convivencia diferentes.

   No obstante, en los ayuntamientos con nivel de restricción máximo y alto, entre la 1,00 y las 6,00 horas, la permanencia de grupos de personas en espacios cerrados y en espacios abiertos o al aire libre, sean de uso público o privado, quedará limitada a los constituidos exclusivamente por personas convivientes.

   Asimismo, respecto del resto de los municipios, la permanencia de grupos de personas en espacios cerrados y en espacios abiertos o al aire libre, sean de uso público o privado, quedará limitada a los constituidos exclusivamente por personas convivientes entre las 3,00 y las 6,00 de la madrugada, con la finalidad de reducir la interacción social y reducción del ocio nocturno no regulado.

   En estos momentos, en nivel alto de restricciones en Galicia están los ayuntamientos de Fisterra, Laxe, Malpica de Bergantiños, Cabanas, A Coruña, Arteixo, Betanzos, Cee, Miño, Sada, Pontedeume, Meis, Redondela, Tomiño, Tui, Vigo, Bueu, O Grove, Arbo, As Neves, Nigrán y O Barco de Valdeorras.

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