Presidencia amplía a 9,4 millones las ayudas a los ayuntamientos para adquirir vehículos contra incendios y salvamento

Actualizado: miércoles, 20 diciembre 2006 15:52

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 20 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica en su edición de hoy una orden de la Consellería de Presidencia de modificación del régimen de ayudas a las corporaciones locales gallegas para la adquisición de vehículos contra incendios y salvamento, ampliando el crédito destinado a esta actuación.

En total, la Consellería de Presidencia destinará 9.630.000 de euros, lo que supone una ampliación de 3.360.000 euros respecto a la orden inicial, del 31 de julio, que cifraba en 6 millones de euros la partida, debido al "importante compromiso" constatado entre las corporaciones locales en la elaboración de los planes municipales de Protección Civil, así como las necesidades en relación al riesgo de incendios o de actuaciones de salvamento.

Asimismo, la Xunta establece un nuevo plazo para presentar solicitudes, que será de un mes a partir de hoy, cuando se publica la orden de modificación no DOG. Las ayudas se destinarán a la adquisición de vehículos especialmente diseñados para la intervención en vías dentro de poblaciones y en vías interurbanas de difícil maniobra o acceso, con un límite de ayuda de hasta 50.000 euros por vehículo.

También podrán destinarse ayudas para la adquisición de vehículos contra incendios y salvamento, de primera intervención o bombas urbanas ligeras con un límite de ayuda de hasta 90.000 euros por vehículo, por razón de características especiales del ayuntamiento. No obstante, cada municipio sólo podrá optar a la ayuda correspondiente para la adquisición de un vehículo de una de las dos modalidades.

REQUISITOS

Para optar a estas ayudas, además de no superar los 20.000 habitantes, los ayuntamientos deberán tener unas infraestructuras o unas características específicas que impidan o dificulten la asistencia de los servicios contra incendios existentes y no podrán haber recibido ayudas públicas para la dotación de este tipo de vehículos. Tampoco se beneficiarán los ayuntamientos que mantengan sus medios de extinción inoperantes.

A mayores, dos o más podrán adoptar un acuerdo previo de agrupación para optar conjuntamente a estas ayudas, siempre que cumplan con las condiciones señaladas y nombren un representante único para hacer los trámites necesarios y, en caso de resultar beneficiarios, para cumplir con las obligaciones correspondientes.

Todas las solicitudes, junto con la documentación requerida, deberán dirigirse a la delegación provincial correspondiente de esta consellería en el plazo de 30 días hábiles desde la publicación de la orden en Diario Oficial de Galicia.