El plan general de explotación marisquera para 2019 eleva a 3 meses el periodo máximo de autorización

Publicado: martes, 1 enero 2019 7:59

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 1 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Diario Oficial de Galicia ha publicado este lunes el plan general de explotación marisquera para el año 2019, que establece el régimen necesario para que el marisqueo se desarrolle con las garantías de una buena gestión del recurso. Al amparo de este documento, ya en vigor, la Consellería do Mar aprueba simultáneamente un total de 97 planes de explotación presentados por las entidades asociativas del sector, tres más que el año pasado.

La orden establece como novedad que el período de autorización de la actividad marisquera, que hasta ahora era mensual, puede ser de hasta tres meses. De este modo, a partir de 2019 pueden realizarse aperturas de desarrollo del plan de explotación para períodos mínimos de un mes y máximos de tres meses, lo que "simplifica los trámites administrativos para las entidades asociativas del sector", indica la Administración gallega.

El plan para el próximo ejercicio prevé, además, la incorporación de 164 permisos de explotación para marisqueo a pie y de ocho nuevas embarcaciones con la modalidad de marisqueo a flote con vara. Este aumento se suma al ya experimentado en 2018, en el que se registraron 252 nuevos permisos de marisqueo a pie general.

Entre las novedades que incluye la orden está también la aprobación del plan específico de explotación de la Asociación de 'rañeiras' de la ría de Arousa para los bancos marisqueros de Lombos do Ulla, Cabio y O Bohído, durante un máximo de 151 días, entre los meses de enero y abril y de octubre a diciembre.

Mientras, la cofradía de Arcade se incorpora al plan específico de las zonas de libre marisqueo de la ría de Vigo en la modalidad de embarcación, siendo así titular del plan para el año 2019 junto con la Asociación de marisqueo a flote Ría de Vigo y la cofradía de Baiona.

El plan del año próximo prevé además que la cofradía de Fisterra vuelva a poder explotar almeja roja al amparo de un plan de explotación específico en los bancos sublitorales de la playa de Langosteira.

CRUSTÁCEOS Y ALGAS

En cuanto a los períodos autorizados para la captura de crustáceos, que establece cada año este plan, está permitido extraer nécora del 1 al 5 de enero y del 1 de julio al 31 de diciembre. En el caso del bogavante, el período autorizado de captura va del 1 de enero al 31 de marzo y del 1 de julio al 31 de diciembre.

Mientras, la langosta podrá extraerse entre el 1 de enero y el 30 de septiembre y el santiaguiño se podrá capturar del 1 al 5 de enero y del 1 de octubre al 31 de diciembre. A mayores, la norma especifica que el conguito, el patulate y el cangrejo se podrán extraer durante todo el año.

Con el objeto de facilitar la actividad marisquera de recogida de algas cuando su proliferación provoque efectos adversos en la producción marisquera, la orden recoge que la limpieza de los bancos marisqueros, así como otras labores de semicultivo precisas para la mejora de la producción, requerirán autorización y podrán realizarse durante todo el año.

En relación a los poliquetos -empleados en pesca de recreo- el plan mantiene que las entidades asociativas del sector que así lo recojan en sus planes de explotación, pueden incluir zonas para que los titulares de licencias de pesca marítima de recreo en superficie puedan capturar un máximo de 50 poliquetos al día sin interferir en la actividad extractiva.

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