27-M.- Los nuevos ayuntamientos se constituirán el 16 de junio y el Parlament autonómico, a lo largo de ese mes

Actualizado: domingo, 27 mayo 2007 11:43

PALMA DE MALLORCA, 27 May. (EUROPA PRESS) -

Las corporaciones locales que surjan de las elecciones del domingo se constituirán el próximo 16 de junio, veinte días a partir de las votaciones de hoy, mientras que los parlamentos autonómicos lo harán a lo largo del mes de junio y abrirán los plazos para elegir a los nuevos presidentes de las Comunidades, ya en julio.

En el caso de los ayuntamientos, es la ley de régimen electoral general la que obliga a constituir las corporaciones nuevas veinte días después de las votaciones. Lo mismo ocurrirá con las asambleas de Ceuta y Melilla, Ciudades Autónomas, que también se rigen por esta norma. En esa primera sesión, serán elegidos los nuevos alcaldes.

La constitución de los legislativos regionales, sin embargo, se rige por los respectivos Estatutos de Autonomía y las propias leyes electorales de las Comunidades y, en el caso de Baleares, por el recién aprobado nuevo Estatut, que prevé que la constitución del Parlament se produzca entre el 12 de junio y el día 26 del mismo mes, mientras que los grupos parlamentarios se formarán díez días después de la primera acción.

En cuanto al Govern balear, la fecha límite para elegir presidente es el 26 de julio, mientras que los consells insulars deben estar constituidos con anterioridad al 4 de julio, y los ayuntamientos se crearán exactamente el 16 de junio, si no existen recursos al resultado de los comicios, mientras que, en caso contrario, se podrán retrasar los nombramientos hasta el 6 de julio.

En el resto de Comunidades, la mayoría de los Parlamentos se constituirán entre el 19 y el 21 de junio, aunque Extremadura y Asturias tienen como plazo máximo los quince días siguientes a las elecciones y Madrid, ya ha puesto fecha al primer pleno el 12 de junio. Cabe añadir que varios legislativos contarán a partir de este año con más diputados, para compensar el incremento de la población: Madrid pasa de 111 a 120 escaños, las Cortes Valencianas, de 89 a 99 y las de Castilla y León, de 82 a 83.

Esas sesiones constitutivas abrirán los trámites para la elección del nuevo presidente autonómico, también regidos por sus respectivas normas autonómicas. En general, en este proceso se suceden las votaciones y puede concluir con la convocatoria de nuevas elecciones si, transcurrido un plazo de dos meses, ningún candidato obtiene la mayoría suficiente.

En cuanto a las diputaciones, diez días después de las elecciones del domingo las Juntas Electorales Provinciales iniciarán el proceso de reparto de diputados entre los partidos y demás candidaturas, de acuerdo al número de votos que hayan obtenido. Y en cuanto a los cabildos insulares canarios, la ley electoral establece que deben constituirse dentro de los treinta días siguientes a la celebración de las elecciones.