PALMA, 19 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la UOB contra la Comunidad Autónoma de Baleares sobre el Decreto 20/2021, de 29 de marzo, de modificación del Decreto 36/2001, por el que se regula la Inspección Educativa y la resolución de 15 de abril de 2021 por la que se acuerda la adjudicación del lugar de Jefe del Departamento de Inspección Educativa.
La Conselleria de Educación y Formación Profesional ha explicado que una sentencia del pasado 13 de enero concluye que no se aprecia que la ampliación del periodo de antigüedad para dar acceso a un mayor número de aspirantes "sea indicativo de actuación en desviación de poder" y, en este sentido, se remiten "a las razones que explican la modificación en los antecedentes del Decreto impugnado. Motivos que se entienden razonables y justificados".
En concreto, se hace referencia al nombramiento de la nueva jefa de Inspección después de que esta plaza quedara vacante por jubilación.
El Decreto de Inspección establecía que para poder acceder a este lugar se tenían que reunir cinco años de antigüedad. En 2015, cuando se inició la anterior legislatura, solo había diez inspectores, de los cuales la mitad eran interinos. Hacía 15 años que no se hacían oposiciones para este cuerpo y se volvieron a convocar en 2016. Como no tomaban posesión, hasta el año 2017 ninguno de los nuevos inspectores (ahora hay una treintena) tenía los cinco años preceptivos. Esto suponía un inconveniente para nombrar el nuevo jefe del departamento porque a efectos prácticos solo se podía elegir entre cinco personas, la mayor parte de ellas a punto de jubilarse.
Se aprovechó que las funciones del jefe de Departamento que hay en el Decreto de Inspección se tenían que adaptar a las condiciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para modificar también los años de antigüedad, pasando de cinco a tres años, de forma que todos los nuevos inspectores pudieran ser candidatos.
Esta propuesta fue avalada por los servicios jurídicos y se trató con los dos sindicatos de inspectores -ADIDE y USIE- que se manifestaron a favor de esta modificación.
El cargo de jefe de Departamento es de libre designación por parte del conseller. La modificación del Decreto con la explicación que lo acompaña puede consultarse en el BOIB de 30 de marzo de 2021.