El PP reclama al Consell de Menorca que apruebe servicios de pernocta en el entorno del Camí de Cavalls

Actualizado: miércoles, 11 mayo 2016 15:16

MENORCA, 11 May. (EUROPA PRESS) -

El PP reclama al Consell de Menorca que incorpore la figura de la parada turística en la nuevo reglamento turístico, considerando las condiciones ya establecidas en la aprobación inicial del mismo, aprobado inicialmente durante el pasado mandato, y, además, que contemple e tipo de alojamiento en la revisión del Plan Especial del Camí de Cavalls, si es necesario.

Los populares han presentado este miércoles el contenido de la propuesta de acuerdo que defenderá la portavoz del Grupo Popular en el Consell menorquín, Salomé Cabrera, en el próximo pleno de día 16 de mayo.

La que fuera en el último mandato consellera de Turismo de la institución ha defendido que "existe la demanda del sector y de los visitantes para que los usuarios puedan disfrutar de un mínimo de servicios" en el sendero perimetral de la Isla.

Según han recordado desde el PP, en el último pleno el conseller de Ordenación Turística, Santiago Florit, se mostró a favor de mantener la figura de la parada turística en el nuevo reglamento turístico de Menorca.

La portavoz del PP ha explicado que se entiende por parada turística aquella edificación ubicada en las fincas de suelo rústico vinculada a una actividad agrícola, ganadera o forestal y que se encuentra situada en el ámbito del Camí de Cavalls o de las rutas cicloturísticas creadas por el Consell.

Esta figura de alojamiento presente en la aprobación inicial del reglamento turístico menorquín establece que este tipo de propiedades pueden darse de alta como parada turística para prestar diferentes servicios, entre ellos la pernoctación.

La parada turística podrá ubicarse en el ámbito del Camí de Cavalls o de las rutas cicloturísticas siempre que exista un acceso directo a la finca.

La propuesta contempla la prestación de servicios como servicios higiénicos (baños, duchas), zona de descanso y manutención, avituallamiento (provisión de alimentos), establos para el descanso de los animales y espacios para la reparación de bicicletas, entre otros.

La normativa inicialmente establece que la pernoctación se tiene que realizar en las instalaciones y dependencias de la vivienda destinadas a este uso (dormitorios) y a la capacidad autorizada en la cédula de habitabilidad.

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