El TC desestima el recurso de inconstitucionalidad contra la ley estatal de vivienda presentado por Baleares

Alega que buena parte de las cuestiones planteadas por el Govern ya han sido resueltas en anteriores sentencias

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Europa Press Islas Baleares
Actualizado: sábado, 17 enero 2026 14:13

   PALMA, 16 (EUROPA PRESS)

   El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Govern balear contra determinados artículos de la ley estatal de vivienda que consideraba que invadían competencias autonómicas. 

    En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el TC ha declarado la pérdida del objeto del recurso promovido por el Consell de Govern debido a que los preceptos impugnados ya han sido resueltos en otros fallos. En concreto, a raíz de los recursos interpuestos por la Junta de Andalucía o más de medio centenar de diputados del PP en el Congreso. 

   Algunas de las cuestiones alegadas fueron declaradas inconstitucionales o nulas. En cambio, otras cuestiones que también fueron objeto de recurso por parte de Baleares, como la posibilidad de declarar zonas tensionadas para limitar los alquileres, fueron desestimadas y, por lo tanto, se descartó su inconstitucionalidad. 

    De acuerdo con la doctrina constitucional, la expulsión del ordenamiento jurídico de estas previsiones determina la pérdida sobrevenida del objeto del recurso, ya que las controversias competenciales alegadas por Baleares son muy similares a las ya resueltas.

    Preguntado al respecto, el portavoz del Govern, Antoni Costa, ha restado importancia a la resolución judicial alegando que el motivo por el que ha sido desestimada es que ya había sido estudiada en anteriores procesos.

    "Lo que ha sucedido no es que no se nos dé la razón, sino que ya se había dado la razón, y para no reiterar", ha subrayado en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consell de Govern de este viernes.

OTROS ASPECTOS DE LA SENTENCIA

   La sentencia, sin embargo, sí que entra a rebatir las pretensiones del Govern de declarar inconstitucionales algunos de los artículos que, a su parecer, invaden las competencias de las comunidades autónomas en materia de vivienda. 

   Por ejemplo, el Ejecutivo autonómico defendía que esto sucedía en el precepto que permite establecer como uso compatible de los suelos dotacionales el destinado a la construcción de viviendas públicas o a obtención de suelo con destino a vivienda social. A juicio del Constitucional, el Estado sí tiene competencias para regular esta cuestión. 

   Lo mismo sucede con la obligación de detallar el número de personas y hogares inscritos en los registros de demandantes de vivienda habilitados para el acceso a los diferentes programas; la posibilidad de no admitir las demandas que pretenden la recuperación de una finca en las que no se especifique si el inmueble constituye una vivienda habitual o si concurre la condición de gran tenedor; o frenar los desahucios en los que se vean involucrados personas vulnerables o grandes tenedores.  

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