PALMA DE MALLORCA 21 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) celebrará este jueves, a las 10.30 horas, una vista en la que el tribunal deliberará sobre el recurso de apelación interpuesto por Mónica Juanatey, quien el pasado 31 de octubre fue condenada en Palma a 20 años de prisión por el asesinato de su hijo, de nueve años, cuyo cadáver ocultó en una maleta en Menorca.
Juanatey ha apelado de este modo la sentencia dictada por el magistrado Eduardo Calderón, que consideraba a la acusada autora de un delito de asesinato con la agravante de parentesco, después de que el jurado popular que juzgó a la inculpada la declarase el pasado 25 de octubre culpable de un delito de asesinato y de causar de forma intencionada la muerte de su hijo.
Tras ello, la Fiscalía mantuvo su petición de 20 años de prisión, lo que fue atendido por el juez en su resolución. Mientras, la defensa solicitó que la pena fuera impuesta "en el grado mínimo de su expresión", esto es, 15 años de prisión.
A la hora de emitir su veredicto, el jurado tuvo en cuenta la "contundencia" del informe forense, que señalaba que "no hay ningún motivo que justifique ni la enfermedad psiquiátrica, ni la amnesia" alegadas por la defensa
La sentencia consideraba probado que en julio de 2008, Juanatey, siendo consciente de que el resto de los moradores del piso se encontraban en su trabajo, aprovechó para preparar un baño a su hijo y una vez que el niño se encontraba dentro de la bañera, le ahogó con la intención de acabar con su vida.
De este modo, señalaba que la acusada, para ahogar a su hijo y causarle la muerte, "actuó de forma súbita, sorpresiva e inesperada, lo que evitó toda posibilidad de defensa del niño".
Además, el magistrado consideraba que hubo alevosía, dado que la acusada aprovechó que el niño, "confiado y sin esperarse en modo alguno lo que iba a suceder, estaba ya metido en la bañera para, de forma sorpresiva y totalmente inesperada para el menor, sujetarle la cabeza con su mayor fuerza y sumergirlo en el agua manteniéndolo así hasta llegar a la asfixia total, de modo que las posibilidades de defensa quedaron por completo eliminadas".
Por otra parte, la resolución recordaba que el jurado rechazó que la acusada, cuando se produjo la muerte tuviera sus facultades psíquicas completa o parcialmente afectadas o anuladas y, en esta línea, indicaba que el jurado, para justificar la falta de cualquier trastorno psíquico en los "rotundos" informes de los cinco médicos forenses que por activa y por pasiva negaron que existiera tal trastorno".
Así, apuntaba que los forenses negaron tajantemente que Juanatey padeciera la "fugaz y selectiva amnesia".
Por otro lado, el magistrado aseguraba que el "reproche" no ya jurídico, sino social a una madre que mata "intencionadamente" a su hijo y aún más si éste tiene solo 9 años, "es mayor que el que cabría referir respecto de otros parentescos".
"Si a ello unimos la conducta posterior de la acusada de cómo se deshizo del cadáver y cómo hacía creer que el niño seguía vivo, así como los rasgos psicopáticos significados por los médicos forenses, se considera que debe imponerse la pena en el límite máximo de dicho marco penal y se fija en 20 años de prisión", señalaba.
LA ACUSADA NO RECUERDA CÓMO FALLECIÓ SU HIJO
La Fiscalía mantuvo al finalizar el juicio contra Juanatey su petición de 20 años para la acusada, quien manifestó ante el jurado popular encargado de juzgarle no recordar cómo falleció el niño, si bien se considera responsable de los hechos puesto que "no había nadie más" en la vivienda y descartó que éstos sucedieran de manera accidental.
Juanatey subrayó que no tenía ningún motivo para hacerle desaparecer como tampoco había pensado nunca en esa posibilidad, aunque sí recordó que, tras su fallecimiento, estuvo "un buen rato con él, unas dos o tres horas, llorando", para después meterle en la maleta "con las cosas que siempre llevaba consigo". Un maletín de viaje de color rojo que, cuando le fue exhibido, reconoció al instante mientras sollozaba.