El TEDH condena a Bélgica por vulnerar los derechos fundamentales de un procesado

Tibunal Europeo de Derechos Humanos
REUTERS / VINCENT KESSLER
Actualizado: viernes, 9 noviembre 2018 21:44

BRUSELAS, 9 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado por unanimidad a Bélgica por vulnerar los derechos fundamentales de un procesado al negarle asistencia legal durante las fases preliminares del juicio.

El TEDH considera que ha existido una violación del artículo 6º de la Convención Europea de los Derechos Humanos sobre el caso de Philippe Beuze, detenido en Francia y condenado a cadena perpetua en Bélgica por el asesinato de su exnovia.

Según el TEDH, las autoridades belgas negaron a Beuze el derecho a comunicarse con un abogado entre el plazo de tiempo que abarcó desde que fue entregado a la Policía belga hasta el final de su periodo inicial de custodia policial.

La Policía francesa matiza que, durante el tiempo que estuvo bajo custodia allí, rechazó su derecho a contar con asistencia legal.

Dado que "no se le informó lo suficiente de su derecho a guardar silencio", sumado a "las restricciones que encontró a la hora de pedir un abogado", Beuze acabó haciendo "testimonios detallados" durante el tiempo que pasó en dependencias policiales, incluidos finalmente como pruebas ante el tribunal de Assize, sin que éste "investigara su obtención o considerara el impacto de la ausencia de un abogado".

El tribunal de Assize mantiene que Beuze "nunca se incriminó del delito, ni fue interrogado en una situación vulnerable y siempre se expresó con libertad". Para entonces, Beuze y el abogado que finalmente le representó durante el juicio intentaron apelar la sentencia por considerar que la ausencia de un letrado calificó de inadmisibles sus testimonios.

El Tribunal de Casación belga que finalmente negó su apelación, argumenta el TEDH, "se centró en la falta de asistencia legal durante el periodo de custodia, pero no tuvo en cuenta las consecuencias de ausencia de abogados para el defendido durante las subsiguientes entrevistas policiales y del juez investigador".

"En consecuencia, la combinación de estos varios factores califican el procedimiento como injusto en general", asevera el TEDH.

Leer más acerca de: