UE.- El TUE condena a Alemania por clasificar las cápsulas de ajo como medicamento e impedir su circulación

Actualizado: jueves, 15 noviembre 2007 18:24

BRUSELAS, 15 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la UE (TUE) condenó hoy a Alemania por clasificar las cápsulas de extracto de ajo en polvo como medicamento y exigir una autorización previa para su comercialización. La sentencia considera que la normativa alemana vulnera el principio de libre circulación de mercancías en la UE.

Los jueces estiman que exigir una autorización de comercialización como medicamento para las cápsulas de ajo "es un obstáculo a la libre circulación de mercancías" que "no está justificado por razones de protección de la salud".

La sentencia da la razón a la Comisión, que interpuso un recurso ante el TUE por considerar que clasificar este producto como medicamento y no como producto alimenticio es incompatible con el principio de libre circulación de mercancías.

El TUE asegura que exigir su autorización de comercialización como medicamento equivale a "una restricción cuantitativa a la importación", prohibida por la legislación comunitaria porque crea "un obstáculo" a los intercambios intracomunitarios de productos legalmente comercializados como productos alimenticios en otros Estados miembros.

A pesar de que el Tribunal reconoce que la clasificación de medicamentos para uso humano no está armonizada en su totalidad en los 27 Estados miembros, lo que hace difícil "evitar que subsistan disparidades" en cuanto a clasificación de los productos, indica que medicamento es todo producto que "se ajuste a la definición comunitaria de este concepto", bien por su presentación o por su función.

Sin embargo, en el caso de las cápsulas de ajo en polvo la sentencia aduce que no constituyen un medicamento ni por su presentación en cápsula ni por la función que desempeña. En el primer caso, estima que a pesar de que la forma en cápsula constituye "un indicio" que apunta a su clasificación como medicamento, "no es exclusivo ni determinante" porque la forma de cápsula "no es específica de los medicamentos".

Por lo que se refiere a la función de las cápsulas, el TUE considera que, en concreto, las cápsulas de extracto de ajo en polvo no contienen, a excepción de un excipiente, ninguna sustancia diferente a las que contiene el ajo en su estado natural, por lo que no surten más efectos beneficiosos o perjudiciales que los que se derivan del consumo del ajo natural.