Uribe promulga un decreto para excarcelar a los guerrilleros de las FARC que entreguen a los secuestrados

Actualizado: martes, 3 marzo 2009 21:47


BOGOTÁ, 3 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno del presidente colombiano, Álvaro Uribe, promulgó hoy el decreto 614 que garantiza la excarcelación a los rebeldes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) que colaboren en el proceso de paz y entreguen a los secuestrados.

El alto comisionado de paz, Luis Carlos Restrepo, leyó este decreto que oficializa los anuncios que ha hecho Uribe en el pasado, de dar beneficios a los guerrilleros que liberen a rehenes y colaboren con el Gobierno.

"Se faculta al Gobierno para solicitar la suspensión de órdenes de captura o medidas de aseguramiento, de miembros de grupos de guerrilla que hayan liberado secuestrados, se hayan desmovilizado y estén dispuestos a actuar como gestores de paz", dice el documento que también se extiende a los rebeldes de otros grupos armados.

De esta manera, el Gobierno colombiano tiene ya la autorización de solicitar el beneficio de excarcelación para los rebeldes, que se aplicará "cuando la persona ponga en libertad al secuestrado y se desmoviliza", entregándose a las autoridades.

Restrepo aclaró que estos beneficios con el que esperan favorecer a gran número de rebeldes "no conlleva la suspensión del proceso penal". Lo que quiere decir que los insurgentes deberán responder igualmente por los delitos cometidos.

A los rebeldes que cumplan con estas condiciones se les será suspendidas las órdenes de captura, pero deberán estar a disposición de la justicia colombiana que seguirá los procesos penales correspondientes, según señala el artículo tercero.

En caso de que el rebelde incumpla o ponga en riesgo el desarrollo de los procesos penales, el Gobierno podrá solicitar la reactivación de las medidas de aseguramiento.

El decreto fue emitido por el Ministerio del Interior y Justicia, con fecha del 27 de febrero. Restrepo informó de que en este momento el Gobierno estudia la aplicación inmediata de estas nuevas medidas.

En reiteradas ocasiones el mandatario colombiano ha dicho que está dispuesto a hacer ciertas concesiones con los guerrilleros que cumplan dos requisitos esenciales: abandonar las armas y entregar a un secuestrado.

Quienes cumplan con estas condiciones quedarán en libertad, sin indulto y sin amnistía, con la posibilidad de recibir una recompensa, aunque este último aspecto no ha sido mencionado por Restrepo al leer el nuevo decreto.

JUSTICIA Y PAZ

Con respecto a la Ley de Justicia y Paz que favorece a los paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Restrepo informó de que el Gobierno presentará ante el Congreso un proyecto para hacer una normativa mucho más amplia.

Las autoridades colombianas quieren que los beneficios sean para los rebeldes que hayan cometido delitos antes de la desmovilización y "nunca después" de haberse entregado a las autoridades.

Con esto quedaría claro el artículo 72 de la Ley de Justicia y Paz, que sólo puede ser aplicada para hechos antes del 25 de julio de 2005, cuando entró en vigor la legislación.

"De esta manera mantenemos vigente la política de paz, no limitada a una fecha, sino que el hecho determinante para la concesión de los beneficios es el momento de la desmovilización, por delitos cometidos antes de la desmovilización", comentó Restrepo.