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LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 27 May. (EUROPA PRESS) -
El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este miércoles, por unanimidad, estimar el recurso de alzada interpuesto por una magistrada destinada en Canarias contra el acuerdo adoptado por la Comisión Permanente el 17 de febrero, por el que se inadmitía su renuncia a la plaza obtenida en Galicia en un concurso de traslado, y ha dejado sin efecto la adjudicación de la misma.
Este acuerdo se produce después de que la magistrada, que participó voluntariamente en el concurso de traslado y obtuvo la plaza solicitada, pidió a la Comisión Permanente que, "debido a circunstancias familiares sobrevenidas", se la tuviera por renunciada al destino, cuando la resolución del concurso ya había sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 20 de enero.
La Comisión Permanente acordó no admitir su renuncia a una plaza obtenida en un concurso de traslado al considerar que la solicitud iba contra una obligación, como es la de tomar posesión de su cargo, establecida por la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
La renuncia de la plaza, según indicaron a Europa Press fuentes cercanas a la magistrada en el mes de marzo, se fundamentaba en razones de conciliación y protección de la infancia, motivo por el que la jueza recurrió la decisión de la Comisión Permanente solicitando que se aplicara la perspectiva de género y de infancia.
Y, ahora, el pleno ha estimado el recurso de alzada interpuesto contra la decisión de la Comisión Permanente y revoca el acuerdo recurrido al apreciar, "de forma estrictamente excepcional y no generalizable, la concurrencia de circunstancias que permiten declarar la ineficacia de la adjudicación de la plaza obtenida, al no haberse producido el cese ni la toma de posesión y no haberse generado perjuicio a terceros ni alteración del servicio público".