Mogán (Gran Canaria) estudia implantar la tasa turística por pernoctación para 2025

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Archivo - Playa de Puerto Rico (Gran Canaria) - CEDIDO POR AYUNTAMIENTO DE MOGÁN - Archivo
Publicado: jueves, 2 mayo 2024 16:55

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 2 May. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Mogán (Gran Canaria) estudia, a través sus técnicos municipales y la Asesoría Jurídica Tributaria de GESTIONA --entidad de capital local--, la posibilidad de aprobar una tasa turística por pernoctación para el año 2025.

Según ha informado el Consistorio en un comunicado, hasta el momento no hay precedentes en España de un municipio con este tipo de tasa, que en el caso de Mogán se pretende destinar a la conservación y mejora de las zonas turísticas.

Al respecto, indica que se ha optado por esta alternativa ante el "sobreesfuerzo que realizan los municipios turísticos en lo que respecta la prestación de servicios" y atendiendo a que las administraciones locales tienen las competencias y la capacidad jurídica para establecer una ordenanza que regule una tasa sobre los servicios que presta atendiendo a la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Por ello, es bajo el amparo de dicha norma que el Ayuntamiento de Mogán está realizando un estudio de derecho comparado para conocer qué régimen y cómo lo aplican los territorios europeos que tienen este tipo de regulación.

En España no hay municipios con tasa turística pero sí se aplica un impuesto autonómico en comunidades como Cataluña y Baleares. Por ello, los técnicos municipales y de GESTIONA estudian cómo se aplican estas tasas en administraciones locales de Oporto, Lisboa, Roma, Venecia o Ámsterdam para saber si es posible tomarlas como referencia o adaptar su método en Mogán.

En estas ciudades europeas la tasa turística por pernoctación, es decir, por persona y noche de hospedaje en un establecimiento turístico, separa al contribuyente del sujeto pasivo. El contribuyente es el turista, que es el que tiene que abonar el tasa, mientras que el sujeto pasivo son los establecimientos que se dedican al hospedaje turístico, tales como hoteles, apartahoteles, viviendas vacacionales, entre otros.

Estos últimos son los que tienen la obligación mensual o trimestral, a través de modelos tributarios creados al efecto, de realizar los ingresos correspondientes a la tasa turística establecida a la hacienda municipal.

En relación al análisis que se está realizando, la media de la tasa turística se sitúa entorno al 2,5 ó 3 por ciento, lo que supondría si se aplica en el municipio una recaudación anual de unos 2 millones de euros.

De todas formas, todavía se están estudiando los pormenores y no se ha definido el porcentaje de la tasa para el municipio ni el método que se empleará para su aplicación.

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