TSJC desestima recurso de súplica del Ministerio Fiscal contra la mujer y el hermano de Soria en el 'caso eólico'

Actualizado: miércoles, 27 mayo 2009 15:41

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 27 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha decidido desestimar el recurso de súplica presentado por el Ministerio Fiscal el pasado lunes para que se continuara con el proceso contra la esposa del presidente del PP canario, José Manuel Soria --María del Carmen Benítez--; el ex consejero de Industria del Gobierno de Canarias y hermano de Soria, Luis Soria López, y el ex presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, José Manuel Arnáiz.

El día 12 de mayo el TSJC decidió no admitir a trámite la denuncia interpuesta por el periodista Carlos Sosa contra los ya nombrados y contra el también consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, José Manuel Soria, en la que se le imputaban unos presuntos delitos --relacionados con el 'caso eólico'-- de cohecho continuado, tráfico de influencias, prevaricación, negociaciones prohibidas a funcionario público, infidelidad en la custodia de documentos, falsedad en documento oficial, presentación en juicio de documento falso, falso testimonio, receptación y otras conductas afines.

En el auto remitido hoy, el TSJC no considera válidos los argumentos de la Fiscalía, que pidió remitir testimonio de la denuncia y documentos obrantes en las diligencias previas al Juzgado Decano de los de Las Palmas para que proceda a su reparto al Juzgado de Instrucción que por turno le corresponda a fin de que incoe diligencias previas con el fin de investigar los hechos denunciados, salvo en lo relativo a la persona aforada, José Manuel Soria, y, sin perjuicio, de que "si surgiesen indicios incriminatorios contra el mismo, la Sala sería la competente para la instrucción de la causa en virtud de tal aforamiento".

La sala asegura que la Fiscalía "insiste, sin indicar su razón, que en el reiterado procedimiento del Juzgado de Instrucción número 7 los hechos aquí destacados, esto es, el uso de información privilegiada y trato de favor a determinados empresarios en la adjudicación de parques eólicos no fueron objeto de investigación sino que tal procedimiento versó sobre un caso de corrupción en el entorno de la Dirección General de Industria del Gobierno de Canarias donde no fueron imputados -ni investigados policial ni judicialmente- los aquí denunciados".

A este respecto, el auto explica que "al margen de que no pueda darse una investigación policial fuera del cauce del proceso, resulta harto impreciso y por tanto carente de un contenido que permita la fundabilidad del recurso, el cual se refiere a unos hechos con la expresión de 'corrupción en el entorno de la Dirección General de Industria'. No existe elemento que permita suponer que hubo limitación alguna en una amplia investigación como lo fue en el coloquialmente llamado 'Caso Eólico'", asegura el texto jurídico.

LA FISCALÍA "DESDIBUJA" POR SI MISMA LA ACUSACIÓN CONTRA LA MUJER DE SORIA

Además, el TSJC precisa que "el disfrute gratuito de un inmueble como dádiva y una supuesta presentación de documentos falsos en un órgano judicial, hechos al parecer imputados el primero al aforado y el segundo a su esposa, el propio Fiscal rechaza la imputación a José Manuel Soria diciendo que, a su juicio no existe una mínima base probatoria, con lo cual desdibuja la conducta penal atribuida a su cónyuge.

El TSJC, por ello, dice que ese razonamiento "acarrea igual rechazo" por la sala, ya que "se ha razonado en el sentido de carencia de fundabilidad del argumento impugnatorio, lo cual conduce a la necesaria desestimación del recurso".