LOGROÑO, 10 May. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio Fiscal pide tres años de cárcel a L.C.G. por un delito de apropiación indebida, al engañar al otro socio con el que había constituido una sociedad agrícola. Además, le reclama una multa de 2.700 euros, así como una indemnización de más de 130.000 euros.
El juicio está previsto para el 12 de mayo, a las 10,00 horas, en la Audiencia Provincial. Según el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado junto al denunciante, ambos domiciliados en Casalarreina, en el año 2012 decidieron constituir una comunidad de bienes "de forma verbal, aportando cada uno de ellos una serie de bienes y derechos, así como comprando maquinaria, con la finalidad de explotar conjuntamente la actividad agrícola".
A partir de ahí, se iban a repartir "a partes iguales beneficios y gastos", si bien el acusado se encargaba "de forma mayoritaria de la parte financiera y administrativa, siendo el denunciante protagonista en las tareas agrícolas fundamentalmente".
A tal efecto abrieron una cuenta corriente "figurando, en principio, ambos como titulares, siendo modificada esta condición posteriormente, y en la que el acusado pasó a estar autorizado". La finalidad era que "ambos socios cargaran los gastos, efectuaran ingresos y sacaran los beneficios de las actividades de dicha comunidad de forma pactada.
En el año 2014, el acusado "le comentó al denunciante que no tenía liquidez por lo que éste pidió un préstamo de 50.000 euros que ingresó en dicha cuenta en dos abonos de 25.000 euros" . No obstante, en el año 2016 "dicho pacto verbal se rompió por desavenencias , acordando extinguir dicha comunidad al terminar la cosecha de la adormidera y la remolacha , siendo necesario liquidar las cuentas de la misma , así como repartir la maquinaria y demás enseres de la actividad agrícola".
En ese momento, prosigue el relato, el solicitante observó, en la cuenta corriente común existían numerosas transferencias que había realizado el acusado desde la misma a una mercantil "de la que era socio y administrador único, sin justificación alguna , así como diferentes transferencias a nivel particular, todas ellas sin justificar, superiores a los ingresos en concepto de aportación que había realizado el mismo".
Según el informe pericial, el denunciante "ingresó en la cuenta bancaria conjunta un importe de 142.630,76 euros, reintegrándose un total de 20.137, 75, siendo el saldo a favor de la cuenta de 122.493,01 euros mientras que, entre los ingresos y reintegros efectuados por el acusado a nivel particular, el saldo a favor del mismo fue de 27.941, 36 euros, siendo que, en las relaciones con la mercantil el saldo a favor de la cuenta fue de 51.090, 65 euros, todo ello sin contar las ingresos y reintegros por conceptos indeterminados efectuados por ambas partes".
El saldo en contra del denunciante "es sensiblemente superior al del acusado, reclamando de forma total el denunciante por este concepto la cantidad de 37.978,14 euros ( la mitad de 7.5956,29 euros que es la diferencia entre los ingresos y los reintegros de ambas partes según cuantifica el denunciante)". Al principio también se manifestó que se aportó maquinaria a la Comunidad al 50 por ciento, siendo que, al tiempo de la liquidación, "el acusado no devolvió parte de la misma o su dinero en equivalente". Esa maquinaria, tenía un valor total de 91.150 euros( reclamando la mitad del valor,45.575 euros)
Por último, el acusado, a pesar de las aportaciones comunes de efectivo, maquinaria e instalaciones con el denunciante y del pacto existente, ingresó en su cuenta personal los importes de las cosechas de remolacha( 2015 y 2016) y adormidera( 2016 ) generando unos ingresos las mismas de 59.551,26 y 26.714,31 euros respectivamente, reclamando el perjudicado la mitad del total de dichas cantidades: 43.133,07 euros.
Por ello, el perjudicado reclama por los conceptos de maquinaria y material no devuelto, así como por las cosechas arriba mencionadas y por las transferencias no consentidas realizadas por el acusado de la cuenta común de las partes a su cuenta particular o a la sociedad que administraba, la cantidad total de 130.235,21 euros.
Para el fiscal los hechos relatados son constitutivos de un delito de apropiación indebida, del que es responsable criminalmente el acusado como autor. Por ello, le reclama tres años de prisión, una multa de 2.700 euros y que indemnice a su entonces socio con 130.235,21 euros.