Archivo - Sede de CCOO - EUROPA PRESS - Archivo
LOGROÑO 31 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Instancia, Sección de lo Social, de Logroño ha dado la razón a una trabajadora de SEMARK AC GROUP, S.A. (Supermercado Lupa), asistida por el servicio jurídico de CCOO, en la demanda presentada por modificación sustancial de condiciones de trabajo que la empresa le impuso al suprimir el plus de "quebranto de moneda" que venía percibiendo desde el inicio de su relación laboral en 2015.
CCOO informa en una nota de prensa que la Sentencia nº190/2026, dictada el 27 de julio de 2026, declara nula la decisión empresarial y reconoce el derecho de la trabajadora a ser repuesta en sus condiciones laborales anteriores, condenando además a la empresa a abonar todas las cantidades dejadas de percibir desde que se eliminó este concepto retributivo. La sentencia es firme y no cabe recurso alguno.
La trabajadora, con categoría profesional de cajera, venía percibiendo un plus de "quebranto de moneda" (dicho plus reconocido en el Convenio Colectivo de comercio de La Rioja para quienes tienen como función del cobro de ventas). A partir de enero de 2025, la empresa dejó de abonarle este complemento y, posteriormente, llegó incluso a descontarle de nómina las cantidades ya percibidas por dicho concepto durante 2024, indican desde el sindicato.
La supresión de este complemento, se detectó gracias a la labor constante de revisión de nóminas que realizan las delegadas de CCOO en la empresa (especialmente intensificada tras la publicación del nuevo Convenio Colectivo de comercio de La Rioja el 27 de febrero de 2025) de este modo, se detectó la irregularidad y pudo iniciarse la reclamación.
La empresa alegaba que la trabajadora realizaba otras funciones además del cobro en caja y que, por tanto, no tenía derecho al plus.
Sin embargo, la prueba practicada en el juicio (incluido el testimonio de una delegada de personal de CCOO en la empresa y del responsable de relaciones laborales de la propia empresa) acreditó que la trabajadora únicamente realiza labores de reposición cuando no hay clientes que atender, sin desempeñar ninguna otra función fuera de caja.
CCOO quiere dejar constancia de la labor fundamental de los delegados/as de CCOO en los centros de trabajo, sin esta función, en muchas ocasiones no sería posible detectar irregularidades en los centros de trabajo.
Gracias a esto y a la defensa del gabinete jurídico de CCOO, se ha logrado revertir "una medida que suponía una pérdida económica directa para la trabajadora y sentar un precedente claro: las empresas no pueden modificar unilateralmente el sistema de remuneración sin respetar los trámites y las causas que exige la ley".
CCOO reitera su compromiso "con la defensa de los derechos laborales en el sector del comercio en La Rioja y anima a cualquier trabajador o trabajadora que vea alteradas sus condiciones de trabajo sin las garantías legales a ponerse en contacto con el sindicato para valorar su caso".