Tribunales.- El Ayuntamiento deberá pagar 2.815 euros a una mujer por un accidente sufrido en un polideportivo municipal

Actualizado: sábado, 28 julio 2007 12:45

LOGROÑO, 28 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Logroño y la empresa municipal 'Logroño Deporte' deberán pagar 2.815 euros a una mujer en concepto de indemnización por un accidente que sufrió el 14 de abril de 2005 en el polideportivo 'Caballero de la Rosa', de titularidad municipal.

Así se pone de manifiesto en una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Logroño, que recoge Europa Press, en la que se desestima una resolución del Ayuntamiento logroñés, de fecha 8 de marzo de 2006, contraria a la reclamación de la accidentada.

El fallo judicial también desestima otra resolución en el mismo sentido denegatorio, emitida por 'Logroño Deporte' el 9 de enero del año pasado, contra la reclamación de la mujer, que exigía una indemnización por el accidente.

Según se relata en la sentencia, el suceso se produjo como consecuencia de la existencia de charcos de agua en la cancha deportiva del recinto del 'Caballero de la Rosa', motivados por la existencia de goteras en las instalaciones.

Desde el Juzgado se explica que, de acuerdo con el testimonio tanto de la demandante como de tres empleados del polideportivo, los charcos existían "y la causa del accidente era la presencia de charcos de agua en la pista".

A ello se añade que el local no se encontraba cerrado al uso "y que el encargado de la instalación no les refirió que no se podía jugar". Considera "no admisible" que en un recinto cerrado dedicado a la práctica del deporte "existan goteras que produzcan charcos de agua" capaces de provocar un accidente.

Igualmente, critica que no se limpiaran los charcos antes de autorizar el juego en la cancha "o que, en el caso de no poder hacerse así, el que no se impida el uso o se advierta del peligro a los jugadores".

Con todo, el Juzgado también señala que la propia víctima tuvo parte de culpa ya que "conociendo la presencia de los charcos, no dejó de jugar en la cancha". Por ello, opina que "debe moderarse" la indemnización solicitada en un principio, por lo que, finalmente, desestima las resoluciones municipales anteriores "por ser contrarias a derecho".

Además, declara "como situación jurídica individualizada" el derecho de la recurrente a ser indemnizada solidariamente por las administraciones demandadas con la suma de 2.815,36 euros más los intereses devengados desde el momento de la reclamación. Contra este fallo, por último, no cabe interponer recurso contencioso-administrativo.