Tribunales.- Los terrenos de Electrolux no se podrán comprar hasta resolverse el litigio con Rioja Sun Energy

Actualizado: lunes, 28 mayo 2007 16:44

LOGROÑO, 28 May. (EUROPA PRESS) -

La titular del Juzgado de Primera Instancia número dos ha decidido adoptar medidas cautelares tal y como se lo solicitó Rioja Sun Energy. De este modo, ninguna empresa podrá comprar los terrenos de Electrolux en Fuenmayor hasta que se resuelva el conflicto legal entre ambas empresas. No obstante, para ello, Rioja Sun Energy deberá pagar una caución de 6,5 millones de euros.

El pasado 13 de abril comenzó a celebrarse un juicio tras la denuncia presentada por Rioja Sun Energy contra Electrolux, quien, a pesar de haber recibido un millón de euros de la primera, entiende que el acuerdo no es válido y debe quedarse con el dinero. Rioja Sun Energy asegura que desea continuar con la compra entre las dudas de Electrolux de su solvencia y su insistencia en que el acuerdo entre ambas está roto por incumplimiento de plazos.

Ese día, la jueza aplazó la vista oral por un defecto de forma y ésta continuó el 18 de mayo. Ahora, ha decidido adoptar medidas cautelares "con la finalidad de asegurar la efectividad de una futura sentencia", según explica en el auto, al que tuvo acceso Europa Press.

A efectos prácticos, esto quiere decir que, tal y como pidió Rioja Sun Energy, se deberá anotar en el Registro de la Propiedad que existe un pleito sobre la venta de los terrenos de Electrolux.

Con esto se busca que un tercero no pueda comprarlos, ya que ésto dejaría sin efectividad la futura sentencia que decidirá si el acuerdo entre Rioja Sun Energy y Electrolux es válido, como defiende la primera, y la empresa de Forero puede continuar con la compra.

Para adoptar las medidas cautelares la jueza ha tenido en cuenta, en primer lugar, el requisito de 'fumus boni iuris', por el que se entiende que el demandante tiene buena fe en su pretensión, ya que no persigue un imposible, sino algo que es justo. Esto esto, que los terrenos no se puedan comprar mientras se resuelve el litigio.

En segundo lugar el 'periculum in mora', o peligro de mora procesal, o lo que es lo mismo, "el riesgo de que durante la tramitación del procedimiento se puedan consolidar determinadas situaciones que impidan la efectividad de la futura sentencia en caso de que ésta fuera estimatoria de la demanda".

Una vez más, se refiere a la compra de los terrenos por un tercero, ya que si esto se produjera no se le podrían quitar y, aunque Rioja Sun Energy ganase su demanda y la jueza dictaminara que tiene derecho a continuar con la compra, no podría hacerlo porque los terrenos ya serían de la otra persona.

No obstante, la eficacia de esta medida cautelar está condicionada a que Rioja Sun Energy "preste caución de seis millones y medio de euros en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución" (osea, desde mañana, martes 29), dicta la sentencia.

Mientras tanto, en un plazo breve, probablemente en el verano, según fuentes judiciales, se celebrará una vista previa para continuar con el litigio entre las dos empresas para que éstas presenten pruebas. Después, seguramente tras el verano, se celebrará una vista oral para decidir si hay acuerdo de compra-venta entre ambas.