Anulan la licencia de la capilla en la finca donde vidente de El Escorial vio a la virgen

Europa Press Madrid
Actualizado: miércoles, 9 marzo 2016 15:34


EL ESCORIAL, 9 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 23 de Madrid ha dictado una sentencia que anula "por ser contraria a derecho" la concesión de una licencia provisional para la instalación de una capilla en la finca de "Prado Nuevo", donde la vidente Amparo Cuevas aseguró que se le aparecía la Virgen.

El fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, estima el recurso contencioso-administrativo presentado por varios colectivos locales como Acción Plural, Plataforma Ciudadana Escurialense, Entorno Escorial, Escorial Laico y Equo contra las resoluciones que emitió la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de El Escorial que especifica que "se anulan por ser contrarias a Derecho".

Se trata de la concesión de una licencia provisional para la instalación de la citada capilla en junio de 2012 y la prórroga de la licencia otorgada en julio de 2013, a petición de la Asociación de Seglares Reparadores Amor Unión y Paz. La sentencia no es firme y contra la misma los interesados pueden presentar recurso de apelación.

Los denunciantes justificaron la presentación del recurso en que el edificio "de 800 metros" se había construido "sin licencia" en suelo rústico de Especial Protección "sin que ni Ayuntamiento ni Comunidad de Madrid hicieran nada por cumplir la legalidad".

En los Fundamentos de Derecho, se indica que las licencias provisionales "pueden otorgarse para fines compatibles y condiciones compatibles con la determinación urbanística". "La licencia provisional quedaría así al margen de la ordenación urbanística y del régimen general del uso del suelo, lo que, claro está, no puede ser una interpretación admisible", añade el documento.

Para el juez, procede la estimación del recurso al considerar que "sin la habilitación que supone la calificación no puede autorizarse un título de uso, provisional o definitivo, en el suelo no urbanizable de especial protección y que, por tanto, las licencias otorgadas por el Ayuntamiento deben seguir aquel trámite que, obviamente, no puede ser cumplido como se dice en el Ayuntamiento con la existencia de contactos o consultas verbales que no pueden tener una eficacia real en este supuesto".

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