Aprobada inicialmente la ordenanza de cooperación público-social, presente en huertos urbanos o en los espacios cedidos

Nacho Murgui
AYUNTAMIENTO DE MADRID - Archivo
Publicado: miércoles, 14 marzo 2018 15:23

Es la segunda ordenanza de Ahora Madrid de nueva creación, no modificación, tras la de Transparencia, que recibió luz verde en julio de 2016

MADRID, 14 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, presidida por la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, ha aprobado este miércoles de manera inicial la ordenanza de cooperación público-social, que regularizará una forma de trabajar por parte de la Administración ya presente en los Equipos de Actuación Distrital en trece distritos, en los Planes de Barrio, los huertos urbanos, en los espacios cedidos a entidades o en planes estratégicos como el de adicciones de San Blas, presentado esta misma semana.

Ha pasado más de un año desde que el área que pilota Nacho Murgui comenzara a trabajar en este texto, que se convertirá en la segunda ordenanza de Ahora Madrid de nueva creación, no modificación, tras la de Transparencia. Aquella recibió luz verde en julio de 2016.

Tras pasar por el Consejo Coordinador de Distritos, el Consejo Sectorial de Asociaciones, dos jornadas de puesta en común con entidades ciudadanas y el resto de áreas de gobierno, la ordenanza abre ahora su periodo de alegaciones de 30 días a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOCAM antes de ser aprobada definitivamente en Pleno en los próximos meses.

El nuevo marco normativo pretende recoger las distintas fórmulas de colaboración entre la ciudadanía y el Ayuntamiento de Madrid, ha explicado la portavoz del Ejecutivo municipal, Rita Maestre, en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno. "La cooperación público-social es un referente en grandes ciudades y en los países nórdicos, es una práctica administrativa normalizada y queremos darle cauce normativo a estas relaciones", ha añadido.

El Consistorio define la cooperación público-social como las distintas formas de colaboración entre las entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro y el Ayuntamiento para el desarrollo de actividades de interés común para ambos, que conlleven la obtención de un beneficio general, distintas de la prestación de servicios públicos.

Podrán ser actores de la cooperación público-social el propio Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, así com entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro inscritos en el Censo Municipal. En lo referente a la participación en el desarrollo de los proyectos se extenderá a otras administraciones, como pueden ser universidades, y a personas físicas/jurídicas de derecho privado.

QUÉ ACTIVIDADES PROMUEVE

En el artículo 8 de la ordenanza queda establecido que el Ayuntamiento promoverá la cooperación público-social para el desarrollo de actividades de interés general que, dentro de sus competencias, redunden en el beneficio general o común.

Esas actividades podrán desarrollarse, entre otros, en materias de urbanismo, medio ambiente urbano, protección de la salud pública, del deporte y utilización del tiempo libre, de la cultura, participación ciudadana en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información, justicia social, lucha contra la violencia de género y la LGTBI fobia, mejora de las políticas públicas...

REGISTRO DE COOPERACIÓN PÚBLICO-SOCIAL

En el texto aprobado se incorpora la creación del futuro registro de Cooperación Público-Social, donde se tendrán que inscribir todos los proyectos desarrollados por entidades y colectivos, en colaboración con el Ayuntamiento de Madrid. Tendrá carácter gratuito y público y la información que contenga será accesible en formato abierto, respetando la normativa sobre protección de datos personales.

Para seleccionar las actividades a desarrollar se convocarán procesos de concurrencia competitiva y, como excepción, cuando la normativa sectorial aplicable así lo permita, se podrá acudir a la selección directa. En esos criterios de selección se tendrá en cuenta los fines perseguidos, que existan espacios de toma de decisiones abiertos o que promuevan el reequilibrio territorial, igualdad y justicia social con acciones abiertas, inclusivas y preferentemente gratuitas.

La futura ordenanza establece que se podrán conceder subvenciones que contribuyan a la obtención de fines de utilidad pública o interés social y a la sostenibilidad financiera de las actividades, además de poder autorizar el uso temporal de bienes muebles o inmuebles a entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones de cooperación público-social.

El borrador de proyecto de ordenanza fue presentado a las entidades ciudadanas en una jornada celebrada en mayo de 2017. Tras ella se recibieron 131 aportaciones de un total de 27 entidades, que fueron incorporadas mayoritariamente al texto del borrador. Esa propuesta ampliada fue analizada en una segunda jornada, celebrada en septiembre.