ASOCIACIÓN LIBRE DE ABOGADOS
MADRID, 31 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Asociación Libre de Abogados (ALA) ha impugnado la designación de la Comisión Electoral para las elecciones del 13 de diciembre en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) por "incumplir flagrantemente" la Ley 3/2007 de igualdad "al componerse de una mujer y cuatro hombres".
Así lo han anunciado a través de un comunicado, en el que explican que el ICAM, al ser una corporación de derecho público en el ámbito electoral, está "obligada" a respetar y cumplir los artículos 14 y 16 de dicha ley que "establecen una participación y una presencia equilibradas entre hombres y mujeres tanto en los procesos electorales como en los órganos de decisión".
Sin embargo, se quejan de que la Comisión Electoral, designada por el Consejo de Colegios de la Comunidad de Madrid y no por el ICAM, se compone de una mujer y cuatro hombres, y entre los tres suplentes tampoco hay ninguna mujer. "¿De verdad era tan difícil escoger, como mínimo, dos mujeres más de reconocido prestigio profesional en la abogacía para esta tarea?", se preguntan.
"Para nuestra asociación, obtener una igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres no solo es una frase de cara a la galería, sino un valor a la hora de actuar y tomar decisiones", explican, para acto seguido señalar que la suya es la única candidatura encabezada por una mujer, Luz Elena Jara, y con una lista paritaria.
"NINGUNA LEY IMPONE LA PARIDAD EN COMISIONES ELECTORALES"
Según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, el nombramiento de la Comisión Electoral es discrecional, esto es, que los únicos requisitos exigidos son tener la condición de abogado ejerciente y residente con más de diez años de antigüedad y no ser candidato o miembro de la Junta de Gobierno convocante.
"Ninguna ley impone la paridad obligatoria en comisiones electorales, sin perjuicio que la Ley Orgánica de igualdad se refiera a la paridad en términos informativos, no necesariamente obligatorios y, ni mucho menos, con la consecuencia de nulidad de nombramientos que se reclama", explican estas fuentes.
Además, señalan que en los órganos decisores, "normalmente de composición impar", la paridad absoluta nunca existiría, "por la obvia indivisión".