La Audiencia de Madrid juzga mañana al alcalde de Coslada por beneficiar a Ginés Jiménez

Audiencia de Madrid
EUROPA PRESS
Actualizado: domingo, 11 marzo 2012 9:54

MADRID, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid juzgará mañana al alcalde de Coslada, Raul López, por beneficiar al ex jefe de la Policía local de esta localidad Ginés Jiménez al no ejecutar las sanciones impuestas por un expediente disciplinario a el ex jefe policial.

En su escrito de acusación, al que tuvo acceso Europa Press, el fiscal solicita una pena de inhabilitación especial para empleo y cargo público por espacio de nueve años.

Los hechos se remontan cuando el Ayuntamiento de Coslada inició en 2000 un expediente disciplinario contra Ginés Jiménez, que acabó con resolución sancionadora al declarársele en febrero de 2001 autor de seis faltas graves e imponérsele una sanción de suspensión de empleo y sueldo por el tiempo de 10 meses y quince días.

Ginés Jiménez interpuso un recurso solicitando la suspensión inmediata de las sanciones. El Juzgado de lo Contencioso nº 18 desestima en mayo de 2001 la suspensión de la ejecución de la resolución impugnada.

En mayo de 2001, mediante resolución de la Alcaldía-Presidencia de Coslada, se procede a ejecutar el decreto de la alcaldía suspendiendo de empleo y sueldo a Ginés Jiménez, que un día después solicita al Juzgado de lo Contencioso nº 18 la medida cautelar provisionalísima de suspensión del citado acto administrativo.

El 31 de mayo de 2001, el citado juzgado acuerda la suspensión cautelar provisionalísima de la ejecución de las sanciones recurridas, si bien dicha suspensión fue levantada por el mismo juzgado el día 4 de junio.

El Juzgado de lo Contencioso nº 18 dicta sentencia el 29 de septiembre de 2001 acordando anular el decreto sancionador del Ayuntamiento de Coslada, que recurre la sentencia ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

A continuación, Ginés Jiménez solita la ejecución provisional de la sentencia de instancia, previa prestación de fianza mediante aval bancario de 24.040 euros.

Así, con fecha 20 de febrero de 2002, el juzgado requirió al Ayuntamiento para que abonara a Ginés Jiménez los salarios dejados de percibir y se realizasen las actuaciones oportunas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

El 26 de junio de 2002, la Sección Sexta de lo Contencioso del TSJ de Madrid estima en parte el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Coslada, declarando que la sanción final sea de 8 meses y quince días de suspensión de empleo y sueldo.

El Ayuntamiento de Coslada solicita la ejecución de la sentencia convocándose a las partes para dilucidar la cuestión planteada en la pieza separada de ejecución, comparecencia en la que el letrado del Ayuntamiento de Coslada solicita la suspensión para presentar un escrito.

Mediante escrito del director de Gabinete de la Alcaldía y Coordinación de los Servicios del Ayuntamiento de Coslada, siguiendo instrucciones de la Alcaldía, se insta al Letrado del Ayuntamiento de Coslada para desistir de la ejecución judicial de la sentencia y se interesa solicitar al Juzgado la devolución del aval constituido.

En julio de 2003, el representante legal del Ayuntamiento de Coslada presenta ante el Juzgado de lo Contencioso nº 18 escrito donde interesa desistir del incidente de ejecución y comunica al juzgado que no existe inconveniente en la devolución del aval constituido.

Por auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de fecha 31 de julio de 2003, se acuerda tener al Ayuntamiento de Coslada por apartado y desistido de la pieza separada de ejecución y se declara cancelada la garantía constituida en su día por Ginés Jiménez mediante aval bancario.

En este estado del procedimiento administrativo, Raúl Vaquero López no procedió a dictar resolución administrativa alguna tendente a ejecutar las sanciones impuestas por Decreto de la Alcaldía de fecha 23 de febrero de 2001, confirmadas en parte por el TSJ de Madrid, impidiendo de manera efectiva que las citadas sanciones se cumplieran hasta el día de hoy.