La Audiencia de Madrid rechaza la denuncia de una mujer que perdió un pecho por un error al interpretar una mamografía

Europa Press Madrid
Actualizado: miércoles, 24 marzo 2010 12:21

MADRID 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado un recurso de apelación presentado por una mujer que perdió uno de sus pechos por un error en la interpretación de una de las mamografías y que, aunque se reconoce que dicho error era "fácilmente evidenciable a la vista de la evolución", se concluye que sólo era constatable a posteriori.

Así se recoge en el auto, recogido por Europa Press, en el que se apela al Informe del Médico Forense donde se explica que el error era de "difícil interpretación" si se cuenta tan sólo con las primeras pruebas que se realizaron a la mujer, y que, por tanto, es sólo un error que se podía constatar después.

"Es un error sólo constatable a posteriori, siendo un riesgo inherente a la función diagnóstico en todas las especialidades de la medicina, la interpretación de los signos y síntomas que presentan los pacientes", reza la sentencia, en la que se recoge también que el "precoz" estado del carcicoma diagnosticado sugiere que el tratamiento al que ha debido someterse la paciente "habría sido sustancialmente el mismo de haberse detectado la patología con anterioridad".

Por ello, según la Audiencia, no existe base para continuar por esta razón el procedimiento "porque no hay indicios de que la conducta del imputado pudiera tipificarse como delito imprudente". Además, explican que para que la conducta del imputado tenga relevancia penal es necesario "no sólo que haya existido un error de diagnóstico sino que éste se haya emitido omitiendo las normas objetivas de cuidado que se exigen en cada circunstancia".

En este caso, explican que el médico realiza la mamografía y una ecografía a la paciente en un momento en el que no presenta ninguna sintomatología, y "además no consta que previamente se hubiera practicado alguna otra revisión de este tipo para que el ecógrafo pudiera comparar la evolución de las mamas".

HECHOS DE 2003

La paciente, de 49 años, fue sometida a una mamografía el día 16 de diciembre de 2003, en una clínica de Leganés, cuyos resultados salieron "normales". Sin embargo, 16 meses después, el día 21 de abril de 2005, en una exploración rutinaria en la Clínica médica Las Rozas se sometió a nueva mamografía.

En la misma se indicaba que se apreciaban "microcalcificaciones agrupadas sospechosas en cola mamaria izquierda". Además, se explicaba que aparentemente habían aumentado tanto en número como en extensión respecto a la mamografía previa del año 2003 y que, por tanto, era obligado el estudio histológico.

Tras la denuncia efectuada por la afectada, a través de los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente, puesto que perdió el pecho izquierdo y tuvo que someterse a un fuerte tratamiento de quimioterapia, el Médico Forense del Juzgado dijo, entre otras cosas, que: "la única presencia de microcalcificaciones mamarias, sin otros signos radiológicos o ecográficos de malignidad, debe ser interpretada por el especialista", esto es, un especialista en radiodiagnóstico.

Por su parte, la presidenta del Defensor del Paciente, Carmen Flores, consideró que la decisión de la Audiencia supone "una agresión" a todas las campañas de diagnóstico precoz del cáncer de mama y "desconoce la verdadera utilidad de los medios diagnósticos en las fases iniciales del mismo así como la diferencia de tratamiento y pronóstico cuando se detecta 16 meses después".

Además, entiende que el resultado de la decisión ha venido motivado al haber denegado la Audiencia Provincial la petición de asesoramiento de un perito especialista en radiodiagnóstico, "tal como sugería el propio Médico Forense, para valorar las imágenes de la primera mamografía, sustituyendo los conocimientos científicos por su particular opinión desfavorable a la víctima".

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