Desestimadas medidas cautelares contra Funeraria y condena al anterior socio privado al pago de costas

Cementerio de La Almudena
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 5 octubre 2016 15:26

MADRID, 5 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid ha desestimado las medidas cautelares contra la empresa Funeraria solicitadas por el que fuera el socio privado de la sociedad mixta, Funespaña, a quien condena a pagar las costas ocasionadas.

Así lo recoge una sentencia fechada el 30 de septiembre y a la que ha tenido acceso Europa Press. Contra ella cabe recurso. Funespaña interpuso una demanda para impugnar un acuerdo sobre una solicitud de reparto de dividendos y la exigencia de realización de las inversiones necesarias para la conservación de cementerios.

La demanda fue interpuesta inmediatamente antes de la remunicipalización de la empresa, que tuvo lugar el pasado 16 de septiembre. Pretendía impugnar un acuerdo del consejo de administración de la entonces empresa mixta, adoptado en febrero de este año, que aceptaba "en todos sus términos" un informe técnico sobre el estado de los cementerios madrileños.

Funespaña pedía, por un lado, la suspensión del artículo 3 de los estatutos sociales de la empresa mixta, además de la invalidación del procedimiento de disolución y liquidación de dicha sociedad.

Igualmente instaba al embargo preventivo de bienes de la empresa mixta o bien de la nueva sociedad municipal por valor suficiente para responder de los 47.431.963,14 euros, cuyo reparto requiere Funespaña en el pleito en concepto de dividendos extraordinarios.