MADRID, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Defensor del Pueblo ha recomendado al Ayuntamiento de Madrid que suspenda las demoliciones y desalojos en el poblado chabolista de El Gallinero y en la Cañada Real Galiana hasta que se estudien las iniciativas ciudadanas de reasentamiento de las personas que allí viven.
Así consta en el Informe anual de la Institución presentado hace pocas semanas. Sin embargo, añade que el Consistorio madrileño no ha aceptado esta propuesta, al considera que el poblado chabolista de El Gallinero es "irregular e ilegal, luego debe observarse el marco jurídico urbanístico y civil".
El Ayuntamiento señala que la legalidad "no permite a la Administración municipal realizar actuaciones de carácter discrecional". Sin embargo, en Defensor del Pueblo considera que el Consistorio "no tiene un marco completamente reglado y rígido y que tiene un margen de discrecionalidad, que, eso sí, no puede convertir en arbitrariedad".
Por eso y en tanto en cuanto el desarrollo urbanístico se encuentra parado, el departamento que dirige Soledad Becerril estima que el Ayuntamiento matritense "puede aplazar temporalmente las demoliciones sin infringir la ley".
"El problema técnico principal de la iniciativa es el del la cesión de suelo público, ya que según la ley requiere de un concurso público; no puede adjudicarse suelo público sin más a unos ciudadanos concretos porque vivan ilegalmente en un asentamiento chabolista próximo", ha indicado.
Sin embargo, el Defensor del Pueblo asegura que del informe municipal recibido "no se desprende que el Ayuntamiento hay intentado superar este problema, por ejemplo intentado convocar el concurso público o sometiendo su plan de realojamiento a información pública".
NO CONTRAVIENE LEGISLACIÓN, PERO DUDA SOBRE RIGOR DE DISPOSICIONES
La Institución reconoce en su informe que los derribos o desalojos en la Cañada Real Galiana o El Gallinero no son casos donde la actuación municipal contravenga la legislación del suelo en cuanto a la restitución de terrenos que pueden estar indebidamente ocupados, "aunque caben dudas sobre el rigor con que los servicios municipales ejecutan determinadas disposiciones, especialmente en cuanto al trato dispensado a los desalojados y las horas en que tienen lugar los desalojos".
En este sentido, el Defensor del Pueblo recuerda que conforme a la jurisprudencia y a la doctrina internacional sobre la realización de demoliciones y desalojos, especialmente en el caso de personas y colectivos vulnerables, "no deben tener lugar en época de tiempo inclemente, en horas no diurnas o sin previsión suficiente sobre la atención precisa para las personas afectadas".
La Institución ha justificado su intervención en este caso no solo en la necesidad de que las personas afectadas "sean asistidas y no abandonadas a su suerte", sino que también ha señalado que ha tratado de buscar soluciones particulares para colectivos "que tienen costumbres y modos de asentarse minoritarios pero reales".