MADRID 31 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Colegio de Procuradores de Madrid ha puesto ya en marcha su nuevo servicio de subastas judiciales, competencia que le atribuye la última regulación que establece la Ley de Enjuiciamiento Civil en esta materia en la que se introducen nuevas vías de enajenación forzosa alternativas a la subasta que permiten agilizar la realización y mejorar su rendimiento, informó hoy el Colegio en un comunicado.
La nueva regulación de la subasta incorporó importantes cambios sobre todo en el orden y previsión del procedimiento de apremio o fase de realización, previo avalúo, de los bienes afectados a la ejecución, según su diferente naturaleza. Con ello, se abren nuevas vías de enajenación forzosa alternativas a la subasta, que permitan agilizar la realización y mejorar su rendimiento, como es el caso en el que el juez acuerde la enajenación del bien por entidad especializada.
De este modo, los procuradores asumen las funciones atribuidas como cooperador directo y necesario de la Administración de Justicia, constituyéndose en entidad especializada, y firmando los convenios necesarios para alcanzar dichos fines, y de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley de Enjuiciamiento Civil, artículos números 640 y 641.
Buscando esa cooperación en la mejora de la Justicia, el Colegio presentó el 27 de octubre, en cooperación con las empresas especializadas en subastas Atisreal y Subastock, su nuevo Servicio de Subastas Judiciales persiguiendo una adecuada comercialización y publicitación del bien, trasparencia informativa, asesoramiento de los adjudicatarios, mayor rapidez en la satisfacción de la ejecución y mayor eficacia en la realización.
En concreto, el catálogo de servicios que ofrece el Colegio, en colaboración con Atisreal, S.A., se compone en primer lugar de una valoración de los bienes, previa a la enajenación o subasta, a efectos de solicitar posteriormente comparecencia para la enajenación del bien vía "Convenio de Realización" o "realización por persona o entidad especializada".
Tras ello, se procederá a la enajenación de los bienes a través del 'Convenio de Realización' o de la 'realización por persona o entidad especializada', que puede tener lugar por subasta o venta directa. Luego, se accede al Servicio "llave en mano" al tercero adjudicatario (inscripción del auto, cancelación de cargas, toma de posesión o lanzamiento).
El Colegio de Procuradores de Madrid, en esta cuestión, no ha hecho más que materializar la competencia legal prevista firmando un acuerdo a tales efectos de cara a prestar este importante servicio en todo el ámbito de la Comunidad de Madrid.