MADRID 2 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Comunidad de Madrid recibirá del Fondo Estatal de Inversión Local una financiación máxima de 1.076,3 millones de euros frente a los 943,7 millones de euros que recibirá sólo la provincia de Barcelona, según se recoge del Real Decreto Ley que creará dicho fondo, aprobado el pasado viernes en el Consejo de Ministros, y que ha salido publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado.
Dentro de la Comunidad, las tres ciudades susceptibles de recibir dinero de esta partida estatal son Madrid capital, Móstoles y Alcalá de Henares, que en función de la población podrán optar a una financiación máxima para sus proyectos que no superen los 5 millones de euros cada una de las obras. Así, la capital, con 3.132.463 habitantes recibirá una financiación máxima de 554,4 millones de euros.
Por su parte, Móstoles, con 204.535 habitantes, obtendrá de este Fondo Estatal como máximo 36,2 millones de euros, mientras que la ciudad de Alcalá de Henares, con 198.723 habitantes, recibirá, también como máximo, un total de 35,1 millones de euros.
Por regiones, la Comunidad de Madrid, con un total de 6.081.689 habitantes, es la que más dinero obtendrá de este Fondo creado por el Gobierno central para generar empleo, seguida de Barcelona, Alicante (323 millones de euros), Málaga (268,5 millones), Murcia (246,3 millones) y Cádiz (213,6 millones).
En rueda de prensa, la ministra de Administraciones Públicas, Elena Salgado, explicó que estos recursos, procedentes del fondo de 8.000 millones de euros, se destinarán a proyectos y obras que no estuvieran previstos en los presupuestos municipales para el año 2009, y deberán ejecutarse de manera inmediata, licitándose antes de un mes desde la resolución de autorización emitida por la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial.
Las obras deberán realizarse a lo largo de 2009 y deberá justificarse su finalización en el primer trimestre de 2010. No obstante, este plazo podrá extenderse seis meses más si hay causa justificada. Además, los nuevos trabajadores que sea necesario contratar para la realización de los proyectos financiados con cargo a este fondo deberán estar en situación legal de desempleo.
Los proyectos que podrán acogerse al fondo deben ser de competencia municipal. En particular, se incluyen los trabajos de adecuación, rehabilitación o mejora de entornos o espacios públicos urbanos, así como de promoción industrial. También entran los equipamientos e infraestructuras de servicios básicos en las redes viarias, de saneamiento, alumbrado y telecomunicaciones.
Las partidas se podrán destinar, además, a las obras de construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de edificios y equipamientos sociales, sanitarios, funerarios, educativos, culturales y deportivos, así como a las dirigidas a la protección del medio ambiente y la prevención de la contaminación, las de gestión de residuos urbanos, las orientadas a impulsar el ahorro y la eficiencia energética.
Asimismo, se incluyen las de supresión de barreras arquitectónicas, las de conservación del patrimonio municipal y protección y conservación del patrimonio histórico del municipio; las de construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de la red de abastecimiento de agua potable a domicilio y tratamiento de aguas residuales; las dirigidas a promover la movilidad sostenible urbana y las encaminadas a mejorar la seguridad vial.
ABONO A LOS CONTRATISTAS EN UN MES
El Real Decreto-Ley establece además que los ayuntamientos deberán abonar a los contratistas el precio de las obras dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de expedición de las certificaciones de obra o de los correspondientes documentos que acrediten la realización del contrato en los plazos establecidos.
El procedimiento para acceder a estos fondos se podrá tramitar por vía electrónica en su totalidad, a través de la página web del MAP (www.map.es). Para la realización telemática de estos trámites, los ayuntamientos deberán contar con un certificado digital. En todo caso, la tramitación de estos proyectos se realizará con todas las garantías que establece la Ley de Contratos del Sector Público, y la Intervención General del Estado controlará la correcta aplicación de los recursos del fondo.
Las corporaciones locales podrán presentar sus peticiones para financiar proyectos en la página web de Ministerio desde el 10 de diciembre de este año y hasta el 24 de enero de 2009. El reparto de los fondos se hará teniendo en cuenta el criterio de población, y las cantidades financiadas cubrirán el coste total de los proyectos.
Todas las entidades locales podrán obtener recursos del fondo hasta el importe máximo que para cada municipio se determine en función de su población. Los consistorios y mancomunidades presentarán sus solicitudes en la web www.map.es, que irán dirigidas a las Subdelegaciones del Gobierno y, en el caso de las comunidades autónomas uniprovinciales, a las Delegaciones del Gobierno.
Éstas verificarán que los proyectos cumplen las condiciones en un plazo no superior a 10 días. En otros 10 días, la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial dictará la resolución de autorización para la financiación de los proyectos, que será publicada en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas.
Tras la adjudicación de las obras financiadas y la presentación de los correspondientes certificados por vía electrónica, el Gobierno aportará a las entidades locales el 70 por ciento del coste de adjudicación del proyecto, y el resto de la inversión será abonado al finalizar la actuación.