MADRID, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Comunidad de Madrid reembolsará mediante cheque nominativo el pago de las tasas municipales por inicio de actividad a todos los nuevos negocios que se creen en la región entre el 23 de febrero y el 31 de diciembre de 2010, y resolverá las solicitudes en el plazo máximo de tres meses, según se desprende del informe que el consejero de Economía y Hacienda, Antonio Beteta, presentó hoy al Consejo de Gobierno.
Así lo anunció hoy el vicepresidente, consejero de Cultura y Deporte y portavoz, Ignacio González, quién destacó que se estima que esta medida podrá beneficiar a 70.000 emprendedores, lo que supondrá un gasto inicial de 4 millones de euros, que se ampliarán para atender todas las solicitudes que cumplan con los requisitos.
González recordó que la presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, anunció, en el debate monográfico sobre economía que se celebró el pasado 23 de febrero en la Asamblea de Madrid, la adopción de esta medida, dirigida a promover una compensación fiscal que sufrague el pago de tasas locales por la solicitud de las correspondientes licencias municipales vinculadas al inicio de actividades profesionales o empresariales.
El establecimiento de esta medida se complementa con la moratoria de cinco años ya aprobada en la Ley de Acompañamiento de 2010 respecto de las tasas autonómicas ya que, con respecto a las municipales, la Comunidad de Madrid carece de competencias normativas.
Los beneficiarios de la compensación fiscal serían las personas físicas que ejerzan actividades económicas y las empresas de reducida dimensión y, únicamente, deberán aportar justificantes de haber presentado Declaración Censal de Inicio de Actividad en la Agencia Tributaria y que autorice a la Administración de la Comunidad a realizar cualquier comprobación que se estime necesaria ante la administración municipal o la AEAT.
LISTADO DE TASAS EN DISTINTOS MUNICIPIOS
Las tasas municipales vinculadas al inicio de una actividad empresarial o profesional son, normalmente, la tasa por licencia de apertura de establecimientos y la tasa por licencia de actividades e instalaciones, pero dentro de las ordenanzas fiscales de los municipios de la Comunidad de Madrid existen otras muchas tasas que pueden ser abonadas con ocasión de emprenderse una determinada actividad, variando en todos los casos tanto su denominación como sus importes.
En todo caso, para facilitar a los emprendedores el conocimiento de las tasas que pueden ser compensadas, entre las que se encuentran el paso de carruajes o la ocupación de dominio público, el Ejecutivo regional adjuntará un listado indicativo de las mismas en los distintos municipios madrileños.
Finalmente, podrán ser objeto de compensación los denominados "precios comunicados" que algún ayuntamiento, como el de Madrid, establecerá a partir del próximo 1 de abril, conforme al nuevo sistema que va a implantar de autorización de licencias mediante empresas certificadoras, siempre que no supere el importe que estaba establecido para la tasa municipal en cuestión a 23 de febrero de 2010.