Archivo - El militar acusado de estrangular a su mujer delante de sus hijos - EUROPA PRESS - Archivo
MADRID 8 Jun. (EUROPA PRES) -
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a once años y medio de cárcel al capitán del Ejército de Tierra que estranguló el 25 de noviembre de 2023 a su mujer delante de sus hijos en el domicilio familiar en el distrito de Puente de Vallecas.
Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se le pena por un delito de asesinato con una eximente incompleta de trastorno mental, así como por un delito de lesiones psíquicas con la misma eximente.
La Fiscalía solicitaba para el procesado 27 años de prisión por un delito de asesinato con agravantes de parentesco y género, además de lesiones psíquicas a los dos hijos menores de la pareja.
Además de las penas de prisión, el condenado no podrá acercarse ni comunicarse con sus dos hijos durante un periodo de 13 años, y queda privado del ejercicio de la patria potestad sobre ambos menores durante ese mismo tiempo.
El tribunal también le impone una medida de libertad vigilada de hasta diez años una vez cumplidas las penas privativas de libertad. Asimismo, deberá indemnizar con 150.000 euros a cada uno de sus hijos y con 100.000 euros a cada uno de los padres de la víctima, lo que suma un total de 500.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
El caso fue juzgado por un Tribunal del Jurado, que consideró probado que el acusado estranguló a la víctima durante una discusión iniciada tras una visita familiar al parque Faunia, donde uno de sus hijos sufrió un golpe.
En la vista oral, el militar admitió que fue él quien alertó al 112 minutos después de la agresión y manifestó que había matado a su mujer. El procesado defendió que actuó bajo un episodio disociativo que le hizo perder el control de sus actos y afirmó que, tras lo ocurrido, se ocupó de sus hijos al creer que la víctima ya había fallecido.
"Fue una acción tan horripilante, era una monstruosidad. No sé cómo llegué a romperme y cómo no me fui de mi casa como había hecho en otras discusiones. Me arrepiento desde el momento en que soy consciente de lo que he hecho", manifestó en su declaración.
DEMANDA DE DIVORCIO
Según los hechos declarados probados, la pareja convivía con sus dos hijos menores y atravesaba una crisis matrimonial. La víctima había presentado una demanda de divorcio un mes antes de los hechos.
El jurado concluyó que, tras una discusión que comenzó después de que uno de los hijos sufriera una caída en Faunia y continuó durante el regreso a casa, el acusado agarró a su esposa fuertemente por el cuello con la intención de acabar con su vida, provocándole una asfixia mecánica por estrangulación.
La agresión se produjo de forma sorpresiva y sin posibilidad efectiva de defensa por parte de la víctima. La mujer entró en parada cardiorrespiratoria y fue atendida inicialmente por agentes policiales y posteriormente por los servicios sanitarios. Aunque logró recuperar el pulso y fue trasladada al Hospital Gregorio Marañón, falleció dos días después a consecuencia de un fallo multiorgánico derivado de la asfixia sufrida.
El veredicto también consideró probado que una de las hijas menores presenció la agresión y sufrió un grave menoscabo psicológico como consecuencia de lo ocurrido.
Asimismo, el jurado apreció que el acusado tenía alteradas de forma relevante sus facultades intelectivas y volitivas debido a un episodio disociativo en el contexto de un trastorno explosivo intermitente.
También tuvo en cuenta que fue él mismo quien llamó al 112 para comunicar que había matado a su esposa y que posteriormente colaboró con la investigación.
La sentencia recoge que el acusado consignó además más de 287.000 euros para hacer frente a las posibles indemnizaciones civiles derivadas del procedimiento