Condenado a un año de prisión y tres de inhabilitación un enfermero que provocó la muerte a un hombre con analgésicos

Administró por vía intravenosa el medicamento en lugar de por el catéter epidural que había indicado el anestesista

Hospital 12 De Octubre
COMUNIDAD DE MADRID
Europa Press Madrid
Actualizado: miércoles, 15 junio 2011 12:46

MADRID, 15 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 13 de Madrid ha condenado a un año de prisión y tres de inhabilitación a A.G.M., un enfermero del Hospital 12 de Octubre de la capital, por un delito de homicidio imprudente, al haber provocado la muerte de M.L.M. por suministrarle unos analgésicos equivocados por vía intravenosa, según ha informado la Asociación el Defensor del Paciente.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el 29 de marzo de 2007 la víctima (de 60 años en el momento de los hechos) ingresó en el servicio de Urgencias del 12 de Octubre con un politraumatismo en miembro inferior izquierdo. Tras ser intervenido quirúrgicamente, se le trasladó a la UCI.

Quince días más tarde, el 13 de abril, M.L.M. fue operado de nuevo y trasladado a la sala de reanimación, donde el anestesista le colocó un catéter epidural a fin de que "por dicha vía le fueran suministradas las sustancias analgésicas", haciendo constar en el expediente médico tanto la el tipo, frecuencia y la cantidad del medicamento como la vía a utilizar (el catéter epidural).

Sin embrago, el enfermero, adscrito a la unidad de Reanimación, administró dicha analgesia por vía intravenosa a un ritmo de perfusión que provocó que "el contenido de la bolsa se le suministrara al paciente en un cuarto de hora" lo que "provocó un colapso circulatorio" y "una parada cardiorrespiratoria" a causa de la cual falleció el 20 de abril de 2007.

Además, la sentencia señala que "el fármaco utilizado estaba contraindicado para uso intravenoso por su elevada toxicidad neurológica y cardiológica".

Por ello, el Juzgado de lo Penal ha decidido condenar a A.G.M. por un delito de homicidio imprudente a un año de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de enfermería durante tres años.

Además, deberá abonar las costas del juicio y deberá indemnizar a la mujer y familiares del fallecido con 176.000 euros a repartir en tres partes iguales, declarándose asimismo responsabilidad civil subsidiaria del Hospital 12 de Octubre de Madrid.

En un primer momento, el Ministerio Fiscal solicitaba para A.G.M. una pena de 20 meses de prisión y una indemnización de 115.321 euros, cantidades que finalmente fueron reducidas con la conformidad de la acusación particular.

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