Condenado el jefe de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento por el derribo ilegal de una casa en la Cañada

El excomisionado declara que se comprobó en varias visitas que no había nadie en la casa y lo trasladó al Ayuntamiento

Sector V de la Cañada Real, a 11 de enero de 2025, en Madrid (España).
Sector V de la Cañada Real, a 11 de enero de 2025, en Madrid (España). - Ricardo Rubio - Europa Press
Europa Press Madrid
Actualizado: jueves, 17 julio 2025 16:05

MADRID, 17 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al jefe de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Madrid, Julio Cesar Santos, a nueve años de inhabilitación para ejercer como cargo público relativo a urbanismo por un delito de prevaricación administrativa.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se absuelve al que fuera comisionado para la Cañada Real de la Comunidad de Madrid entre los años 2021 y 2023, Markel Gorbea. Además, se declara al Ayuntamiento de Madrid responsable civil subsidiario.

Santos y Gorbea se sentarón el pasado 9 de julio en el banquillo de los acuasados por la demolición por error de una vivienda en la Cañada Real en julio de 2022 al no comprobar que estuviera habitada.

Dicho derribo se ejecutó pese a no existir una orden judicial firme y cuando el vecino había recurrido el procedimiento administrativo de cese de uso abierto unos meses antes, según concluyó el juez.

Por estos hechos, el fiscal solicitaba diez años de inhabilitación para los procesados por presuntamente prevaricar con la finalidad de agilizar el derribo de la citada vivienda.

En su declaración, el jefe de Disciplina Urbanística manifestó que el comisionado de la Comunidad de Madrid informó a través de un email de que la vivienda estaba abandonada sin que recurriera la orden de desalojo.

"El comisionado nos llama y nos dice que había viviendas vacías que se iban a okupar. En todas las parcelas se actúa igual. La Comunidad de Madrid era la titular de los terrenos", apuntó indicando que la presencia policial no es obligatoria en los derribos.

Por su parte, el excomisionado explicó que este organismo regional no tiene poder legislativo ni ejecutivo sino que coordina conforme a un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento capitalino para proceder al realojo de la Cañada Real y al ser la Comunidad la propietaria de los terrenos públicos.

SORPRESA AL LLEGAR DE VACACIONES

En su comparecencia, el afectado relató que se fue de vacaciones a Marruecos y al llegar, se encontró su casa cerrada. Desde 2006, vivió en la vivienda demolida. La Comunidad de Madrid le ofreció un procedimiento de realojo en Cobeña, pero lo recurrió al venirle muy lejos.

Al encontrarse la casa en la 'Zona sin asfaltar' de la Cañada, junto al municipio de Perales del Río, el Servicio de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento inició a finales de 2021 el expediente para demolición de obras no legalizables, otorgándole plazo al vecino para oponerse, y siguiendo el procedimiento habitual al que han sufrido otros vecinos de la zona.

Pese a que el vecino presentó alegaciones a dicho expediente hasta en dos ocasiones, y que se estaban siguiendo los trámites legales para la posible previa declaración de la vivienda como obra ilegal, el Comisionado para la Cañada Real emitió un informe indicando que la vivienda estaba completamente abandonada, sin aportar prueba alguna de esta afirmación, y solicitó su derribo.

En apenas 24 horas desde la comunicación del supuesto abandono y sin llevar a cabo ni la más mínima comprobación sobre el estado de la vivienda y de su procedimiento administrativo, el jefe de Disciplina Urbanística (que conocía perfectamente la existencia de un expediente recién iniciado y recurrido, pues él mismo era el instructor de dicho procedimiento) autorizó el derribo, que se ejecutó automáticamente el 19 de julio, apenas 5 días desde la declaración de supuesto abandono.

En ese momento el vecino se encontraba de vacaciones fuera de su vivienda desde hacía apenas una semana, y había presentado alegaciones en el procedimiento administrativo justificando y probando que la vivienda era su domicilio apenas un mes antes.

SIN COMPROBACIONES

En el presente caso, según CAES, los acusados "no sólo no intentaron comprobar si el vecino seguía en la vivienda, lo cual habría sido harto sencillo, si no que teniendo evidentes pruebas de que así era -como los recursos presentados semanas antes, la presencia de todos sus enseres personales y su vehículo dentro de la vivienda, y las declaraciones de los vecinos que intentaron evitar el derribo- continuaron adelante con la ejecución".

La plataforma destaca que este derribo se llevó a cabo "en el marco de una estrategia colectiva de acoso inmobiliario a los vecinos de la Cañada Real, donde continua el corte de suministro eléctrico en los Sectores V y VI desde octubre de 2020 y todo ello insertado en el objetivo de expulsar a los habitantes de la Cañada Real coincidiendo con la operación especulativa de los desarrollos urbanísticos del sureste que colindan con el barrio de Cañada".

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