Juicio contra dos conductores por el homicidio de un hombre en una carrera mortal en la M30 - EUROPA PRESS
MADRID 7 Abr. (EUROPA PRESS) -
Las defensas de los dos conductores acusados de provocar en julio de 2021 la muerte de un médico en la M-30 han cuestionado este martes la validez de las mediciones de velocidad realizadas por la Policía Municipal de Madrid y han defendido que los hechos deben ser calificados como un homicidio imprudente.
La víctima de la carrera mortal fue Juan Alfredo López, quien regresaba a casa tras finalizar su jornada laboral en el Hospital Fundación Jiménez Díaz. En los túneles de la M-30, en el kilómetro 11, se cruzó con dos conductores que habían convertido la carretera en un escenario de competición.
La Audiencia Provincial de Madrid ha celebrado hoy la primera sesión del juicio con jurado popular contra los acusados, que afrontan penas de quince años de prisión. La jornada ha estado centrada en la selección del jurado popular y en la presentación de los informes previos por parte de la Fiscalía, las acusaciones y las defensas.
En su informe previo, el fiscal del caso, especializado en Seguridad Vial, ha sostenido ante el jurado que los hechos "no fueron un simple accidente de circulación", sino un "acto consciente". Según ha expuesto, ambos acusados participaron en una "carrera absolutamente temeraria" a lo largo de casi cuatro kilómetros en los túneles del bypass de la M-30, un tramo con limitación de velocidad y considerado especialmente peligroso.
Durante ese recorrido, ha detallado, los conductores alcanzaron velocidades muy elevadas y realizaron maniobras de extrema peligrosidad, como adelantamientos en zigzag, cambios bruscos de carril y circulaciones en paralelo, poniendo en riesgo tanto sus vidas como las del resto de usuarios de la vía.
"Se representaron perfectamente lo que podía ocurrir", ha afirmado el fiscal, quien ha subrayado que ambos iniciaron una frenada insuficiente antes de colisionar contra el vehículo que conducía la víctima, el doctor Juan Alfredo López.
En el momento del impacto, según la Fiscalía, la velocidad era "tremenda". Además, uno de los acusados dio positivo en cocaína, cannabis y otras sustancias, y carecía de permiso de conducir. El otro implicado, que abandonó inicialmente el lugar de los hechos, alega que el consumo de drogas fue posterior al accidente.
PRUEBAS PARA LA FISCALÍA
Entre las pruebas anunciadas destacan los testimonios de agentes de la Policía Municipal que acudieron al siniestro, peritos especializados, así como grabaciones de las cámaras de tráfico que recogen el recorrido completo desde el kilómetro 16 hasta el punto del impacto. También se incorporarán llamadas al 112 realizadas por conductores que alertaron de la conducción peligrosa.
Las acusaciones particulares, ejercidas por los padres de la víctima y por su viuda, han coincidido con la Fiscalía en que no se trata de un accidente, sino de un caso de homicidio con dolo eventual. Han defendido que los acusados eran plenamente conscientes del riesgo extremo que generaban y aceptaron la posibilidad de causar la muerte. "Se sabía que alguien podía morir", han señalado.
Por su parte, la defensa de uno de los acusados ha negado que su cliente participara en una conducción temeraria en los términos descritos por la Fiscalía y ha cuestionado las mediciones de velocidad realizadas por los agentes de la Policía Municipal de Madrid, claves para determinar la responsabilidad penal.
El abogado defensor ha subrayado que no existieron maniobras erráticas ni zigzag por parte de su patrocinado y que fue "víctima de la conducción del otro implicado", llegando incluso a temer por su propia vida.
La defensa del segundo acusado ha centrado su intervención en la calificación jurídica de los hechos, planteando que se trata de un homicidio imprudente y no doloso. Ha insistido en que "nadie quiso causar la muerte de otra persona" y que no todos los accidentes de tráfico constituyen delito, cuestionando además el peso que se otorga al consumo de drogas en la acusación.
El juicio continuará en los próximos días con el visionado de las imágenes captadas por las cámaras de seguridad de la M-30, la práctica de la prueba testifical y pericial, tras lo cual el jurado popular deberá determinar si los hechos constituyen un homicidio doloso o imprudente.