Archivo - Exterior de la sede de la Audiencia Provincial de Madrid, a 28 de enero de 2026, en Madrid (España). - Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo
MADRID, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía de Madrid ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anular una sentencia que condenó a prisión permanente revisable a un líder de los Dominican Don't Play (DDP) por la muerte de un joven a la salida de una discoteca de Fuenlabrada, mientras que la defensa ha reclamado repetir el juicio por vulneración de derechos fundamentales.
Los hechos se remontan a la madrugada del 5 de octubre de 2022, cuando un joven de 21 años murió y otros tres resultaron heridos de gravedad tras un ataque con armas de fuego y armas blancas ocurrido en las inmediaciones de una discoteca de Fuenlabrada.
Según la sentencia, el crimen se enmarcó en el enfrentamiento entre bandas juveniles violentas y fue ejecutado por varios miembros de los Dominican Don't Play (DDP).
El jurado popular consideró probado que Joaquín D., identificado como dirigente de la organización en el distrito madrileño de Carabanchel, actuó como inductor del ataque, coordinando y alentando la acción que terminó con la muerte de la víctima y las lesiones sufridas por otros tres jóvenen.
En un recurso, al que tuvo acceso Europa Press, el fiscal sostiene que la resolución no respeta íntegramente el veredicto del jurado popular, mientras que la defensa del principal acusado condenado a prisión permanente revisable denuncia vulneraciones de derechos fundamentales y graves irregularidades procesales.
Tanto la Fiscalía Provincial de Madrid como la defensa de Joaquín D. han recurrido la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, aunque por motivos distintos.
Por un lado, la Fiscalía ha presentado un recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal en el que solicita la nulidad de la sentencia dictada el pasado 27 de abril de 2026 por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial y que las actuaciones sean devueltas al tribunal para que el magistrado-presidente dicte una nueva resolución ajustada a Derecho.
El Ministerio Público sostiene que la sentencia vulneró el denominado principio de plenitud de los hechos probados, recogido en el artículo 70.1 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado. Según el recurso, el fallo incorporó como acreditados determinados hechos que el jurado había considerado no probados y, al mismo tiempo, omitió otros extremos que sí figuraban en el veredicto.
La Fiscalía considera que esta actuación supone una infracción de normas y garantías procesales generadora de indefensión, al alterar el contenido de la decisión adoptada por el jurado popular.
Además, cita jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y del Tribunal Supremo que establece que el magistrado-presidente debe trasladar a la sentencia los hechos declarados probados por el jurado sin añadir, excluir ni modificar elementos jurídicamente relevantes.
A juicio del Ministerio Público, las discrepancias detectadas afectan a aspectos esenciales del relato fáctico y podrían tener incidencia tanto en la calificación jurídica de los hechos como en las consecuencias penales derivadas del procedimiento.
LA DEFENSA PIDE REPETIR EL JUICIO
Paralelamente, la defensa de Joaquín D., considerado líder de los Dominican Don't Play (DDP) en Carabanchel y condenado en mayo de 2026 como inductor del asesinato consumado y de tres tentativas de asesinato, también ha recurrido la resolución.
En su escrito de apelación, el abogado solicita con carácter principal la nulidad de todo el juicio y la celebración de una nueva vista oral al entender que durante el procedimiento se vulneraron derechos fundamentales del acusado.
Entre las supuestas irregularidades denunciadas figura un presunto cambio en la composición del tribunal durante el desarrollo de las sesiones sin que conste una resolución que lo justificara. Asimismo, la defensa señala deficiencias en las actas del juicio, incluyendo la aparición de fechas que califica de "imposibles" y la falta de referencias detalladas a incidencias, resoluciones o pruebas practicadas durante las distintas jornadas.
Según el recurso, estas circunstancias habrían generado una situación de indefensión que dificulta el ejercicio efectivo del derecho al recurso.
La impugnación también cuestiona la negativa del tribunal a admitir la declaración de un testigo que, según la defensa, podía ofrecer una explicación alternativa a los desplazamientos realizados por el acusado a la zona de Fuenlabrada antes de los hechos. Los abogados consideran que ese testimonio resultaba relevante para desmontar uno de los principales indicios utilizados por la acusación.
Otro de los argumentos se centra en la validez de los datos de posicionamiento telefónico empleados durante el juicio. La defensa sostiene que las conexiones a antenas de telefonía móvil únicamente permiten situar un terminal dentro de una amplia zona de cobertura y no acreditar con precisión la presencia de una persona en un lugar concreto.
Además, denuncia una supuesta contradicción en el veredicto del jurado respecto al papel desempeñado por otro de los implicados en la causa, al entender que parte de la argumentación utilizada para fundamentar la condena resulta incompatible con hechos que fueron declarados no probados.
De forma subsidiaria, la defensa solicita la absolución de Joaquín D. por los delitos de asesinato, tentativas de asesinato y tenencia de armas al considerar insuficiente la prueba practicada. Como última alternativa, reclama que se deje sin efecto la aplicación de la prisión permanente revisable y se revise la pena impuesta.