MADRID, 21 Abr. (EUROPA PRESS) -
La portavoz del Gobierno municipal, Rita Maestre, ha anunciado este jueves que retiran del orden del día del Pleno del miércoles la modificación del reglamento de la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo (EMVS) para darle "más tiempo para debatirlo", un anuncio que se produce después de que Ganemos haya emitido un comunicado pidiendo que el debate en Pleno se retrasara un mes.
En la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno, Maestre ha argumentado que es un asunto complejo en que se dan cita "muchas sensibilidades, intereses y percepciones distintas" y no solamente en el ámbito político sino vecinal.
"El tema lo requiere. Le damos un poco más de tiempo para debatirlo y poder sacar un reglamento con el que todos estemos de acuerdo, que satisfaga las necesidades de los grupos que participan en la problemática de la vivienda", ha señalado.
Mientras se desarrollaba la Junta de Gobierno, Ganemos ha emitido un comunicado en el que manifestaba que eran partidarios de eliminar el requisito de no estar okupando ilegalmente una vivienda o inmueble de titularidad municipal en el momento de presenta una solicitud a la EMVS o con posterioridad a la misma.
Ahora Madrid no consiguió sacar adelante en la comisión de este martes de Equidad, Derechos Sociales y Empleo la modificación del reglamento de la EMVS, en el que se incluye ese requisito. La modificación del reglamento incluye la posibilidad de que quien hubiera okupado ilegamente una vivienda pública, municipal o regional, en los últimos diez años sí pueda optar a una vivienda en régimen de alquiler de la EMVS.
El anterior reglamento, de 2012, imposibilitaba el acceso por esa okupación. Fuentes de la empresa municipal detallaban que el reglamento pone como límite en este sentido que el solicitante no esté okupando ilegalmente una vivienda en el momento en el que presente la solicitud.
Ese requisito, como defiende Ganemos en un comunicado, "no es ni justo ni atiende al precepto constitucional". No es justo porque la situación de okupación irregular es, "en la práctica totalidad de los casos, la materialización de una situación de necesidad de vivienda y desoye el mandato de la Constitución Española".
"En caso de que una persona haya sido condenada por usurpación no cabe castigarla y mucho menos reducir sus derechos, más allá de la pena que el juzgado le impusiera. No se pierde el derecho a la sanidad o a la educación, que son derechos humanos, por cometer un delito. En el caso de que no haya sido condenada por ese delito, dificultar su acceso a una vivienda pública sería violar la presunción de inocencia y condenarla extrajudicialmente", han argumentado.