MADRID 29 Ago. (EUROPA PRESS) -
El juzgado Contencio-Administrativo número 5 de Madrid ha decretado en un auto que el exjefe de la Policía Local de Coslada, Ginés Jiménez, puede reincorporarse como oficial a su puesto de trabajo y funciones dentro del Cuerpo municipal, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.
La decisión del magistrado ha contado con un informe del Juzgado de Instrucción de Madrid que instruye el procedimiento penal del 'caso Coslada', en el que fueron imputados tanto el denominado 'Sheriff de Coslada' como otros policías locales de esta población madrileña. La totalidad de los otros policías locales ya están trabajando en la Policía Local de Coslada desde hace más de dos años.
El mandato judicial es un auto de un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid de fecha 18 de julio de 2012 que, transcurrido el mes de agosto que judicialmente es inhábil, se ha notificado recientemente al Ayuntamiento de Coslada, en relación con una pieza separada de solicitud de medida cautelar de inmediata incorporación del recurrente a su puesto de trabajo.
En dicha resolución, el magistrado "deja sin efecto la medida de suspensión provisional de funciones al recurrente hasta que recaiga resolución definitiva en el procedimiento penal".
Así, el juzgado ordena en el auto que "puede reincorporarse a sus funciones como oficial del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Coslada", y por tanto que el Consistorio de Coslada proceda al levantamiento de la medida cautelar de suspensión provisional de funciones, empleo y sueldo a la que ha estado sometido durante más de cuatro años que tuvo lugar la operación policial en Coslada en la hubo más de 26 policías locales detenidos, según ha informado en una nota de prensa el abogado de Ginés Jiménez, Óskar Zein.
El auto se basa principalmente en una providencia del pasado mes de mayo del Juzgado del Instrucción de Madrid que ve que "no existe ningún inconveniente, ni ninguna limitación al derecho de que el oficial Ginés Jiménez se incorpore a su puesto de trabajo y pueda ejercer sus funciones en la Policía Local" e igualmente que "no se ha decretado ninguna limitación, ni suspensión para el ejercicio de sus funciones como policía local de Coslada de Ginés".
El auto cita igualmente el Estatuto Básico del Empleado Público, en el que se recoge con respecto a los funcionarios públicos que la "suspensión provisional como medida cautelar en la tramitación de un expediente disciplinario no podrá exceder de 6 meses".