Un juez rechaza una querella de reversionistas y Baraka por supuestas irreglaridades en contratos

Apunta a la "inexistencia de indicios" de la comisión de delito alguno

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Europa Press Madrid
Publicado: miércoles, 5 noviembre 2025 12:27

MADRID, 5 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción número 46 de Madrid ha inadmitido a trámite una querella presentada por la Asociación de Reversionistas No Abuso y la mercantil Baraka Capital Group S.L. contra la expresidenta de Adif Isabel Pardo de Vera, el presidente del BBVA, Carlos Torres Vila, el expresidente de Renfe Isaías Táboas y un exdirectivo de Crea Madrid Nuevo Norte.

Así consta en un auto, al que tuvo acceso Europa Press, en el que se acuerda archivar la querella interpuesta por diferentes delitos coincidiendo con la transmisión de terrenos en el marco de la Operación Madrid Nuevo Norte por "no resultar debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado lugar a la formación del sumario".

La denuncia, presentada el 8 de octubre de 2025, acusaba a los querellados de la presunta comisión de delitos de prevaricación administrativa, malversación, tráfico de influencias, fraude en la contratación pública y cohecho en relación con un contrato firmado el 28 de diciembre de 2018 entre entidades públicas (Adif, Renfe) y la sociedad promotora del desarrollo urbanístico Crea Madrid Nuevo Norte.

La Asociación No Abuso, que defiende los derechos de reversión de los antiguos propietarios de los terrenos expropiados para los recintos ferroviarios de Chamartín y Fuencarral, alegaba que el acuerdo de 2018 se firmó "eludiendo toda la normativa de transmisión de terrenos públicos" y otorgando un "aplazamiento arbitrario e injustificado de pago de veinte años" a favor de Crea Madrid Nuevo Norte.

Los querellantes sostenían que el contrato supuso una "modificación encubierta" de los términos concesionales, alterando las condiciones de pago y el equilibrio económico sin la preceptiva autorización del Consejo de Ministros ni los informes de la Abogacía del Estado.

Sin embargo, el juez Javier Ignacio Reyes López considera que la querella no aporta indicios sólidos ni elementos de prueba objetivos que permitan apreciar la existencia de delitos.

En la resolución, el magistrado subraya que "la documentación acompañada no acredita una maniobra deliberada o arbitraria en la actuación de los querellados" y que los hechos "se limitan a un cuestionamiento jurídico y económico de un acuerdo con amplia repercusión económica".

El instructor recuerda además que el informe de la Abogacía del Estado citado por los denunciantes era "consultivo y no vinculante" y que el propio documento reconocía la existencia de controversias judiciales sobre los derechos de reversión de los terrenos.

Por ello, el auto concluye que "no hay duda de la inexistencia de indicios de comisión de delito alguno", señalando que las pretensiones de los denunciantes "se aproximan más a una reclamación de naturaleza contencioso-administrativa que penal".

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