Juristas apuestan por actualizar cuantías de sanciones electorales para reforzar la autocontención en campaña

Archivo - Urna de los diputados/as, en las elecciones generales del 10N
Archivo - Urna de los diputados/as, en las elecciones generales del 10N - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo
Actualizado: martes, 23 marzo 2021 18:16

La Junta Electoral Provincial estudiará al menos cuatro de las denuncias presentadas

MADRID, 23 Mar. (EUROPA PRESS) -

Juristas apuestan por actualizar las cuantías económicas que impone la Ley Orgánica del Régimen Electoral a los partidos políticos que se saltan las normas y por establecer agravios en función de la autoría para reforzar la autocontención durante la campaña de unas elecciones.

La Junta Electoral Provincial tiene pendiente resolver varias denuncias interpuestas por diferentes partidos desde que la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, anunciara la convocatoria de elecciones para el próximo 4 de mayo.

La primera de las denuncias la interpuso el PP contra el candidato de Podemos a presidir la Comunidad de Madrid, Pablo Iglesias, por anunciar su candidatura desde su despacho de vicepresidente. Más tarde, formuló denuncia Más Madrid contra Ayuso por una rueda de prensa en la sede de la Comunidad en la que presentó un plan de ayudas para pymes y autónomos.

También el PSOE ha denunciado a Ayuso por utilizar "medios y recursos públicos para difundir mensajes con claras connotaciones electoralistas". Y el PP de nuevo a la alcaldesa de Alcorcón, Natalia de Andrés (PSOE), ante la Junta Electoral de Zona por presentar un balance de las actuaciones llevadas a cabo en 2020 a consecuencia de la pandemia.

La Junta Electoral Provincial, con sede en la Audiencia Provincial de Madrid, estudiará a lo largo de este martes al menos cuatro de las denuncias presentadas, entre ellas la del PP contra el candidato de Podemos, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

Desde que se convocan elecciones, no se pueden realizar actos sobre los logros obtenidos que estén financiados por los poderes públicos. Y las instituciones públicas tampoco pueden utilizar expresiones o imágenes iguales o similares a las utilizadas por los partidos políticos en campaña.

El abogado Enrique Arnaldo, Copresidente de la Sección de Derecho Constitucional del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), ha señalado a Europa Press que las denuncias "recíprocas" en campaña electoral como las que se están produciendo ahora son habituales dado que "siempre hay un gobierno y una oposición".

A su juicio, sería necesario un estudio para actualizar las cuantías económicas de las sanciones administrativas a las que se incurren cuando un partido se salta la ley electoral, dado que la Ley data de 1985. En el caso de la Junta Electoral provincial, las multas pueden llegar hasta los 1.200 y en el caso de las de Zonas, a 600.

El experto en Ley Electoral también aboga por incorporar elementos de agravio en función de quién sea el autor de esa infracción a la ley electoral.

En enero de 2020, la Junta Electoral Central (JEC) sancionó con 500 euros de multa al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y con 2.200 a la ministra de Educación, Isabel Celaá, por haber lanzado mensajes electorales empleando instituciones oficiales en vísperas de los comicios del 10 de noviembre.

"LAS MULTAS CON MÁS CARÁCTER SIMBÓLICO QUE EFECTIVO"

"Las multas por saltarte la ley tienen más carácter simbólico que efectivo. No producen efectos disuasorios. La Ley no ha tenido capacidad preventiva", ha subrayado.

El letrado ha recalcado que para que haya una campaña electoral libre son necesarias una serie de condiciones como la igualdad de oportunidades, recordando el principio de neutralidad de los poderes públicos.

Precisamente el PP alega en su denuncia contra Iglesias que incumplió el principio de neutralidad al valerse de su "cargo y despacho institucional para la realización de un acto encubierto de campaña".

Enrique Arnaldo no considera novedosos los casos concretos que recogen las denuncias que serán estudiadas hoy por la Junta Electoral provincial. "Si ha habido un anuncio, la Junta puede hacer una advertencia para evitar el mal pero si es a toro pasado, la denuncia puede dar lugar a la apertura de un procedimiento sancionador", ha agregado.