Un juzgado anula una multa del SER con foto por no aportarse el lugar concreto en el que se produjo el estacionamiento

Castellana sin coches, sin parquímetros
JOSEFINA BLANCO - Archivo
Publicado: jueves, 7 marzo 2019 16:39

MADRID, 7 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 18 de Madrid ha anulado una multa del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) impuesta a un conductor en base a captación de imágenes con dispositivo móvil, al entender que no se ajusta a derecho.

Concretamente Se trata de una multa de 90 euros por un estacionamiento en zona SER cuando se habían activado las restricciones por alta contaminación.

Así lo establece en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, y donde se estima parcialmente el recurso presentado por el desestimar el Ayuntamiento en su día el recurso de reposición ante la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación frente a esta sanción.

Respecto al caso concreto, el Juzgado establece respecto a la fotografía en la que se basó la multa que "solo consta sobreimpresionado en el lateral superior izquierdo de la imagen derecha la hora y fecha, pero no se identifica el lugar donde se captó".

"Por el contrario, en otras ocasiones, en este tipo de procedimientos sancionadores la fotografía realizada por el controlador del SER incorpora la identificación del lugar, sino también la calle, lo que no consta en el presente supuesto.

Recuerda que en la vista oral se aportó como prueba una fotografía en la que mencionaban todos los datos precisos, así como dos imágenes captadas que acreditaban el lapso de tiempo de duración del estacionamiento ilegal luego sancionado.

"En el supuesto enjuiciado en estos autos no se identifica el lugar donde se realizó la fotografía del vehículo denunciado lo que introduce un factor de dudas que debe resolverse aplicando el principio constitucional de presunción de inocencia", recalca la resolución.

También recuerda la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 2009 sobre el criterio a seguir en procedimientos sancionadores en materia de tráfico a través de pruebas fotográficas.

Por su parte, Pyramid Consulting, que tramitó el recurso del afectado, detalla que este tipo de imágenes por partes de los controladores del SER en la ciudad "no son prueba suficiente", para añadir que este personal tampoco es agente de autoridad. Por tanto, anima a recurrir este tipo de situaciones.