Los servicios mínimos de la huelga de los días 26 y 27 no podrán superar en 35% de la plantilla en los hospitales

Actualizado: jueves, 22 noviembre 2012 20:50

MADRID, 22 Nov. (EUROPA PRESS) -

El acuerdo sobre los servicios mínimos de la huelga de Sanidad convocada para los días 26 y 27 de noviembre establece que los hospitales contarán con el mismo personal que presta servicio los domingos y festivos, pero contempla servicios mínimos adicionales en determinadas unidades, que no podrán superar el 35 por ciento del total de la plantilla del centro hospitalario cada uno de los días de la huelga.

Así figura en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de este jueves, que recoge los términos del acuerdo alcanzado en una reunión mantenida este miércoles entre las organizaciones sindicales SATSE, CC.OO., AMYTS, CSIT-UP, UGT y USAE, y representantes de la Administración Sanitaria, que se corresponden con los servicios mínimos acordados para la huelga general del 14 de noviembre.

En lo que respecta a los centros de salud, los que tienen cuatro o más médicos contarán con la presencia de dos médicos de familia, un pediatra en cada uno de los centros de salud que cuenten con SUAP, dos enfermeras y un auxiliar administrativo por turno. Con menos de cuatro médicos de familia, se garantizará la presencia de un médico de familia, una enfermera y un auxiliar administrativo por turno.

Asimismo, se garantizará el 10 por ciento del personal administrativo de los centros de salud y, en todo caso, la presencia de dos efectivos en cada uno de los Departamentos de Personal dependientes de la Gerencia.

Los Equipos de Soporte de Atención Domiciliaria (ESAD), contarán al menos con la presencia de un facultativo y una enfermera en cada ESAD, así como los servicios de Atención Rural (SAR).

En cuanto al Summa 112, los servicios mínimos en los dispositivos asistenciales de urgencia, emergencia y centro coordinador, el personal de servicio será el establecido en las plantillas hechas para cada día de huelga.

Respecto al transporte sanitario urgente y no urgente cuya demora pueda afectar negativamente la evolución de la enfermedad de los pacientes, se garantizará el cien por cien, y la atención telefónica de la prestación del transporte sanitario, será del 60 por ciento.