Tipo de facturas, papel de interventores o condiciones de los créditos, dudas de ayuntamientos sobre plan de proveedores

Actualizado: domingo, 1 abril 2012 14:21

Un interventor quiere saber qué hacer si sospecha que el alcalde o la tesorera de su municipio esconden facturas pendientes

MADRID, 1 Abr. (EUROPA PRESS) -

Los ayuntamientos remitieron al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas numerosas dudas que se les plantearon sobre el plan de pago a proveedores una vez que el Gobierno anunció que aprobaría un fondo de 35.000 millones de euros al que se podrían acoger tanto comunidades autónomas como corporaciones locales para saldar sus facturas pendientes.

Las preguntas más frecuentes, en las que no se mencionan en ningún momento los nombres de los municipios o datos financieros, versaron principalmente sobre el procedimiento a seguir, el tipo de facturas que debían incluir, el papel que jugarían los interventores o las condiciones de los préstamos que les serán concedidos, según consta en una selección, recogida por Europa Press, que ha hecho el ministerio de las consultas presentadas en relación a los decretos aprobados sobre el mecanismo de pago a proveedores.

Algunos ayuntamientos tenían dudas sobre qué tipo de contratos que firmaron con las empresas con la que tienen deudas pendientes podían incluir en el listado de facturas que debían remitir a Hacienda, a lo que el Gobierno contestó que únicamente los de servicios públicos así como los de obras y suministros.

Son muchas las preguntas formuladas por las corporaciones locales acerca de a qué periodo debían referirse las facturas que habían de dirigir a Hacienda, todas ellas por vía telemática, así como el procedimiento que tenían que seguir para hacerlo, es decir, adónde debían remitirlas.

Incluso, uno de los ayuntamientos quiere saber si el departamento que dirige Cristóbal Montoro es consciente del volumen de información que iba a recibir el 15 de marzo, cuando finalizaba el plazo para entregar las facturas. "¿Pero tenéis previsto la saturación que os puede provocar en vuestros servidores que todas las entidades os remitan los datos el mismo día?", preguntaba.

PAPEL DE LOS INTERVENTORES

Otros ayuntamientos tenían dudas acerca del papel que tendrían los interventores municipales, sobre todo a la hora de elaborar los planes de ajuste que tienen que presentar para hacer frente a la devolución de los créditos bancarios con los que estas entidades pagarán sus deudas pendientes.

Esta cuestión ha quedado aclarada finalmente en el segundo decreto aprobado por el Gobierno sobre este plan, que fue convalidado el jueves por el Congreso y establece que sobre cualquier decisión al respecto primará la postura del Pleno municipal en detrimento de los interventores. "La obligación del interventor se limita a la elevación al Pleno del plan de ajuste", explica el ministerio en respuesta a una de las preguntas.

Una de las dudas presentadas al ministerio proviene precisamente de un interventor, quien pregunta qué debe hacer si, aunque en su ayuntamiento, del que no ofrece más detalles, "no constan facturas pendientes de pago", sospecha que "se encuentran en poder del alcalde o de la tesorera, sin que las hayan registrado oficialmente".

El ministerio responde en este caso que en el certificado de intervención "deben incluirse aquellas facturas que se hayan recogido en un registro administrativo con anterioridad al 1 de enero de 2012", de modo que no podría hacer nada con respecto a las facturas que cree que debe dicho ayuntamiento.